Camper gana el pleito por el empleo de su logotipo
El Tribunal de Primera Instancia de la Unión Europea (TUE) confirmó ayer que la empresa española de calzado Camper tiene los derechos exclusivos sobre la marca figurativa que consiste en un arco, y rechazó la petición de la compañía italiana Calzturificio Frau de registrar una marca similar al considerar que habría riesgo de confusión.
El caso se remonta al año 2003, cuando Calzaturificio Frau presentó ante la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI), que tiene su sede en Alicante, una solicitud para registrar una marca que consistía en un arco negro inclinado hacia la derecha y que se usaría para vestidos, calzados, sombrerería, cuero e imitaciones, baúles, maletas y paraguas.
El 24 de septiembre Camper notificó su oposición a este registro alegando que existía un riesgo de confusión con ciertas marcas figurativas anteriores de las que era titular que también consistían en un arco. La OAMI acabó dándole la razón a la empresa española y Calzaturificio Frau recurrió ante el Tribunal de Primera Instancia.
El Tribunal de Primera Instancia de la UE rechaza los argumentos de la compañía italiana y confirma que las marcas en cuestión 'representaban el mismo motivo figurativo (a saber, un arco o un puente)' y que 'las diferencias relativas a su presentación no permiten poner en causa la similitud de los signos'. Por ello, el Tribunal sentencia que la OAMI 'concluyó acertadamente que existía un riesgo de confusión entre las marcas en causa'.