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Medio ambiente

El Supremo ratifica su criterio al anular el plan de asignación

El Tribunal Supremo ha dictado otras cuatro sentencias en el último mes en contra del reparto del Plan Nacional de Asignación (PNA) de CO2 en relación a recursos de pequeñas empresas. El criterio coincide con el fallo sobre el recurso de Endesa por el que el Alto Tribunal anula el PNA 2005-2008 por falta de motivación.

Además del fallo por el que se anula el Plan Nacional de Asignación (PNA) de CO2 2005-2008, adelantado ayer por CincoDías, la sección quinta de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo ha dictado en el último mes una serie de resoluciones que anulaban parcialmente el reparto de asignaciones. El recurso presentado por Endesa, que ha dado lugar a dicha sentencia, se ve reforzada por otra serie de fallos en el mismo sentido que responden a empresas más pequeñas, en su mayoría del sector cerámico, pero igualmente afectadas.

Así, un fallo del 23 de septiembre estima el recurso de Cerámica la Purísima de Siles, a la que se adjudicaron 11.130 toneladas de derechos de CO2 entre 2005 y 2008, en lugar de los 17.049 que solicitó. El Supremo considera que la resolución del Consejo de Ministros hace una exposición detallada de los criterios utilizados para la asignación general, 'es decir, aplicables a todas las empresas del sector, pero no existe en absoluto una justificación de la aplicación concreta de esos criterios al caso particular' de esta empresa.

En otra sentencia del 24 de ese mes, el Alto Tribunal estima el recurso interpuesto por Herederos Márquez Villar y resuelve que 'no existe en absoluto una justificación de la aplicación concreta de esos criterios' de asignación.

En el caso de Becosa Fuente de Piedra, afirmaba el 6 de octubre que 'la decisión de la Administración carece de sustento pues se aparta de las pautas establecidas en la propuesta de asignación individual elaborada por la propia Administración y se pretende justificar esta desviación con una lacónica explicación carente de consistencia'. Un argumento prácticamente similar al recogido por el fallo del mismo día referido a Foraneto, que declara su derecho a contar con 58.136 toneladas de CO2 anuales.

La Abogacía del Estado está estudiando la sentencia sobre el recurso de Endesa, aunque en el Gobierno consideran que no se trata de un problema de fondo, sino de forma, y que el plan corresponde a un periodo que ya ha concluido. Todo apunta a que la resolución no tocará el reparto de derechos y se limitará a motivar la decisión, tal como solicita el Tribunal Supremo.

Oficina de cambio de suministrador

El Ministerio de Industria ha remitido a la Comisión Nacional de Energía para su informe la propuesta de Real Decreto que regulará la Oficina de Cambios de Suministrador (Ocsum), según recoge Europa Press. La entidad recibió en agosto la autorización para ejercer las funciones de oficina de cambio de suministrador de gas y electricidad. Esta figura ha sido creada para ordenar el cambio desde el suministro a tarifa al mercado liberalizado en los sectores de gas y electricidad. Ocsum será responsable de supervisar y agilizar los cambios de suministrador según los principios de transparencia, objetividad e independencia. Además, la nueva oficina dará trimestralmente información al Ministerio y a la CNE sobre las solicitudes de cambio.

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