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Profesionales

El Supremo anula las retribuciones del Consejo de Notarios

Los cargos del Consejo General del Notariado no pueden percibir una compensación económica por su actividad institucional, según una sentencia del Tribunal Supremo que acaba de hacerse pública. El fallo anula dos artículos del Real Decreto 45/2007 -por el que se modificó el Reglamento de la Organización y Régimen del Notariado- uno de los cuales establecía la posibilidad de asignación a determinados cargos del organismo -principalmente los de presidente y vicepresidente- de una cantidad económica como compensación por su actividad.

La sentencia considera que dichas compensaciones cuentan 'con una finalidad propia de una verdadera retribución del cargo, cual es satisfacer la dedicación a las obligaciones corporativas, la cual no resulta congruente con el carácter no retribuido de los cargos corporativos', un carácter gratuito que ha sido tradicionalmente la práctica habitual en el organismo.

El Supremo añade que el precepto 'no se limita a compensar a quienes desempeñan los cargos corporativos en el Consejo para evitar que por ello resulten perjudicados, como sería lo propio y acorde con su carácter, sino que va más allá y permite establecer a su amparo un auténtico régimen retributivo de tales cargos, en contra de su naturaleza y régimen de prestación de esos servicios'.

Según fuentes del sector, el monto de esas compensaciones declaradas nulas asciende en total 'a más de tres millones de euros'. Según estas mismas fuentes, los cargos del Consejo que han sido receptores de esas retribuciones incluyen al actual presidente y vicepresidente del Consejo, José Marqueño de Llano y Antonio Ojeda Escobar. También aseguran que tras la sentencia se abre la puerta a una eventual reclamación de cantidad por parte de cualquier miembro del cuerpo notarial en caso de que no se produjese una devolución voluntaria de esas cantidades.

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