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Tribunales

Revocado el fallo que obligó a El Corte Inglés a pagar 98,5 millones a César Areces

La Audiencia de Madrid estima que el precio de las acciones del sobrino del fundador de la empresa no se corresponde con su valor razonable.

La Audiencia Provincial de Madrid ha estimado el recurso de apelación presentado por El Corte Inglés y ha ordenado revocar la sentencia que le obligó a pagar a César Areces Fuentes 98,5 millones de euros por su participación del 0,68% en la compañía, frente a los 35 millones de euros ofrecidos por la empresa, según la sentencia.

La Audiencia da la razón a El Corte Inglés y estima que el valor de las 390.905 acciones, que posee el sobrino del fundador de la empresa por vía hereditaria, validado en el fallo del Juzgado de lo Mercantil no se corresponde con su valor razonable.

César Areces, hijo de Celestino Areces, hermano de Ramón Areces, fundador de El Corte Inglés, propuso en 2005 la venta de sus acciones. La compañía explicó entonces que a los administradores del grupo les pareció "una oferta especulativa el precio pedido".

Según la sentencia hecha pública hoy, "no se puede obligar a la compañía a adquirir al accionista al codemandante, sus acciones por el valor real fijado en el informe que aportó con la demanda, y que por tanto la sentencia ha de ser revocada y la demanda plenamente desestimada". La deliberación se produjo el pasado 17 de julio y corrió a cargo de tres de los cuatro magistrados que forman parte de la Sección 28 de la Audiencia Provincial de Madrid bajo la ponencia del magistrado Rafael Sarazá Jiménez.

La sentencia, dictada en abril de 2007 por la titular del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid, Miriam Iglesias, estimó la valoración presentada por Areces basada en el método de flujos de caja descontados frente al método del activo neto real presentado por El Corte Inglés.

El Corte Inglés aprobó en 2005 un cambio en los estatutos para que expertos nombrados por el consejo valoraran las acciones para ejercer el derecho de tanteo. Los expertos fijaron para cada acción de seis euros de nominal un valor de 74,93 euros. Areces impugnó entonces estos acuerdos.

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