_
_
_
_
_
Electricidad

Luces y sombras de la tarifa nocturna

El pasado 1 de julio una polémica tarifa pasó a la historia. Su nombre de pila, 2.0N, y los afectados, 1,12 millones de consumidores.

Su desaparición, a pesar del reciente revuelo de asociaciones y plataformas reivindicativas, se incluyó en el real decreto de tarifas eléctricas de julio del año pasado (19/2007), que otorgaba un plazo transitorio de 12 meses para su puntilla final. Previamente, el 1 de enero de ese año, el correspondiente real decreto de revisión tarifaria (39/2006), había avanzado su derogación: prohibía a las empresas volver contratar la 2.0.N y, además, las obligaba, desde esa fecha, a regularizar el término de potencia de los clientes de la nocturna.

Y es que el meollo de una tarifa que se implantó en los años 90 para fomentar el consumo de energía durante la noche (con una bonificación del 55%) y desincentivarlo durante el día (con una penalización del 3%) es que la potencia que se contrataba no respondía al fuerte consumo de las horas nocturnas. La mayoría de los clientes instalaron acumuladores para calentar de noche los radiadores que encendían por el día.

Concretamente, a los hogares se les permitía contratar una potencia reducida y mucho más barata (entre 3,3 kW y 5,5 kW), que era la adecuada al consumo en las horas punta (de día) y no se correspondía con el de las horas valle (de noche), en que podían demandar la energía que quisieran. Estos clientes no tenían, por tanto, interruptores de control de potencia (o ICP) que cortan el fluido si se excede de la potencia contratada. Según señala una eléctrica, 'era imposible instalar un ICP para el día y otro para la noche'.

Por su parte la Comisión de la Energía, en su informe de tarifas de julio, ha dado la voz de alarma sobre la incapacidad de las compañías para contratar las potencias correctas e instalar los ICP desde el 1 de enero de 2007. De no ser así, la CNE se pregunta en el informe 'quién asumirá la diferencia de ingresos resultante de su incapacidad'. Las empresas dicen que están procediendo a cambiar poco a poco la potencia a los hogares 'con consumos desproporcionados'.

Precisamente, ha sido el regulador energético, en distintos informes sobre el desmantelamiento de la tarifa nocturna, el que ha hecho los cálculos más precisos sobre el coste de la modificación (ver gráfico). Desde el día 1, la tarifa nocturna se ha sustituido por las generales de discriminación horaria (para la gran mayoría, la 2.0, que tiene varios tramos según la potencia de cada hogar).

Según el último informe de mayo, anterior a la revisión tarifaria de julio, para los clientes que tuvieran una potencia inadecuada (la mayoría debe contratar ahora hasta 10 kW) la facturación media se incrementa un 22% para potencias inferiores a 15 kW, y un 77% para las que superan este nivel.

La potencia, el problema

El coste se concentra en la actualización de la potencia. De hecho, en el primer caso, 23 puntos corresponden a la nueva potencia, ya que el de la energía cae un 1 punto. No así, para más de 15 kW, pues del citado 77%, 23 puntos corresponden al término de potencia y 44, a la energía.

Este tipo de clientes suelen ser pequeños negocios nocturnos (panaderías, clubs o discotecas) que podrán optar por otra tarifa, la 3.0.1, a la que Industria ha incorporado la discriminación horaria. Con más de 10 kW se encuentran el 10% de clientes nocturnos, que representan el 20% del consumo.

Salvo en estos casos, también las empresas estiman que, si un cliente contaba con la potencia adecuada y no tiene que actualizarla ahora, el paso a las nuevas tarifas resulta incluso más rentable. Y es que el número de horas valle se amplían de 8 a 14 (entre las 10 y las 14 horas) y se reducen de 16 a 10 las horas punta. El concepto nocturno se sustituye por el de discriminación en dos periodos.

Eso sí, para que sea más beneficioso es necesario que los usuarios centren su consumo en las valle, y limiten las punta al alumbrado. Y es que desde el 1 de julio, la penalización del día aumenta del 3% al 35% y la bonificación nocturna cae del 55% al 50%.

Una de las razones que esgrimen en Industria para el cambio es que el objetivo para el que se creó la tarifa no se cumplía: al ser la penalización diurna muy reducida, se consumía indistintamente de día y de noche.

También porque, al tratarse de la más subvencionada de las tarifas de baja tensión, el Gobierno ha intentado recortar la prima. Según la CNE, para que esta tarifa recogiera los costes reales necesitaría aumentar un 64%.

El problema que denuncian los consumidores es que tendrán que pagar un término de potencia muy alto todo el año, incluso en los meses en que no usan la calefacción. Según la Asociación de fabricantes de acumuladores (Ficae) 'una vivienda modestísima tendrá que pasar de 3,3 kW contratados a 9,9 kW'. Ficae considera que la 'el Gobierno ha dado marcha atrás' y que 'la situación es caótica'.

Antes del 1 de julio, los clientes debían comunicar a la distribuidora su opción de tarifa. De lo contrario, se les aplicará la que les corresponda de la 2.0 y 3.0 con discriminación horaria.

LAS CIFRAS

22% es la subida media de la facturación del 90% de los clientes afectados por el cambio de la tarifa nocturna. La actualización de la potencia supone un 23% y la energía cae el 1%

64% es lo que debería subir esta tarifa, que es la más subvencionada en baja tensión, para sufragar los costes

Retroactividad e inseguridad, razones para ir a los tribunales

Según un informe de la Comisión de la Energía, la sustitución de la tarifa nocturna por otra de discriminación horaria (o DHA) 'comporta un cierto grado de retroactividad' o 'retroactividad impropia que es pacíficamente aceptada por los tribunales'. Asimismo, los servicios jurídicos del regulador energético entienden que en su desaparición 'podrían concurrir algunos de los elementos definidores de una posible vulneración del principio de seguridad jurídica que consagra la Constitución'. Y enumera, entre otros, la falta de previsibilidad; de justificación o explicación sobre la razonabilidad o conveniencia de la medida; posible incentivación de la contratación de esta tarifa o posible insuficiencia de un periodo transitorio. Sin embargo, reconoce que los tribunales han 'atemperado' estas exigencias cuando se trata de la regulación de materias de interés general.Uno de los argumentos de las asociaciones de afectados, es que éstos han realizado inversiones, muchas sin amortizar, para acogerse a una tarifa que las empresas les ofrecían. Ahora, tienen también que cambiar la resistencia de sus acumuladores, que es una de las opciones que ofrecen las compañías. Otras son la instalación de dos circuitos de carga o la programación de los equipos para que carguen en distintas horas.Una cosa quedó clara tras el real decreto 222/2008 de febrero, y es que las empresas no pueden cobrar por los cambios a realizar en los contadores (derechos de acometida) para adaptarlos a la nueva normativa y deben restituir las cantidades indebidamente cobradas. Esto afecta especialmente a Unión Fenosa e Iberdrola, que tienen más de la mitad de los clientes con nocturna (685.000).Dado el impacto, la CNE, y otras voces críticas del propio Gobierno, han recomendado a Industria una campaña especial de información.

Qué hacer hasta fin de este año

Los clientes de la desaparecida tarifa nocturna tienen seis meses para regularizar su situación. Mientras tanto, la distribuidora les facturará por el tramo de las tarifa 2.0 o 3.0 (para más de 15 kW) con discriminación horaria que les corresponda según su potencia contratada.El 69% de su factura se calculará como consumo del periodo valle (noche) y el 31%, de las horas punta (día).

Newsletters

Inscríbete para recibir la información económica exclusiva y las noticias financieras más relevantes para ti
¡Apúntate!

Archivado En

_
_