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Sentencia

El Tribunal de la UE refrenda la potestad de Kroes para multar a las 'telecos'

El Tribunal de Justicia europeo dictaminó ayer que Bruselas puede multar a una operadora telefónica incluso cuando su actividad comercial está sometida a una regulación de precios a nivel nacional. La sentencia, que confirma una multa a Deutsche Telekom (DT), supone un peligroso precedente para Telefónica, que ha impugnado ante los mismos jueces otra sanción de la CE en un caso muy similar al alemán.

El portavoz de Neelie Kroes, comisaria europea de Competencia, se apresuró ayer a cantar victoria y subrayó que 'la sentencia del Tribunal de primera instancia de la UE confirma que las normas sobre abuso de posición dominante son aplicables incluso cuando el operador en cuestión está sujeto a una regulación específica del sector'.

El mismo portavoz recordó que el recurso de Telefónica contra la multa de 151,8 millones de euros que encajó el año pasado versa precisamente 'sobre la aplicación de esas normas de abuso de posición dominante en las telecomunicaciones'.

Bruselas prefiere no especular sobre el resultado de ese recurso. Pero subraya que el veredicto en el caso Deutsche Telekom 'ha dejado claro que el hecho de que el regulador nacional fije tarifas no absuelve a una compañía de su responsabilidad con arreglo a las normas de competencia'.

La resolución supone un precedente para el recurso del ex monopolio español

Para Bruselas se trata de una victoria muy significativa porque la multa de 12,6 millones de euros a la compañía alemana en 2003 estrenó su actuación contra el llamado estrechamiento de márgenes por parte de los antiguos monopolios del sector de las telecomunicaciones.

Esa técnica ilegal, que reduce al mínimo posible la diferencia entre las tarifas mayoristas y minoristas, permite al operador dominante frenar la entrada de nuevos competidores porque les alquila su red a un precio muy próximo al que pagan los clientes finales. De esa manera, los potenciales rivales no disponen de margen comercial para ofrecer sus servicios y ganar clientela.

Deutsche Telekom, según la CE, aplicó ese estrechamiento de márgenes en el acceso al bucle local entre 1998 y 2002. La compañía alemana se defendió ante el Tribunal de Luxemburgo recordando que sus tarifas estaban reguladas por la autoridad nacional.

Pero la sentencia señala que, como operador dominante, DT tenía la obligación de haber propuesto un cambio de esas tarifas tan pronto como se percató de que estaban dañando la competencia en el mercado. Y reconoce a la CE la potestad para intervenir sin necesidad, siquiera, de tener que demostrar que los precios minoristas de DT eran predatorios y abusivos.

La derrota del operador alemán marca un precedente para el resto de operadoras dominantes y, en especial, para Telefónica, que el año pasado fue multada con 151,8 millones de euros por aplicar un estrechamiento de márgenes a sus competidores en el mercado de la banda ancha.

La operadora española, en su recurso contra esa sanción, también acusa a Bruselas de 'intervenir allí donde ya lo había hecho el regulador nacional de las telecomunicaciones'. El propio Estado español también ha impugnado la decisión de Kroes para frenar su supuesta injerencia en el terreno de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT). Pero el fallo de ayer recuerda expresamente que 'las decisiones nacionales en base a la legislación nacional de telecomunicaciones no afectan en absoluto a la competencia de la Comisión Europea'. Mal precedente para la CMT.

Telefónica destaca las diferencias entre ambos casos para defender su absolución

Telefónica no lo oculta; tenía esperanzas de que el tribunal revocara la multa a Deutsche Telekom. Su camino hacia la absolución hubiera sido entonces mucho más fácil. Pero fuentes cercanas a la compañía aseguran que los dos casos son muy distintos y que sigue existiendo la posibilidad de ganar su recurso contra la sanción.En primer lugar, Telefónica mantiene que los mercados alemán y español son distintos. Los competidores de Deutsche Telekom sólo tenían una forma de dar banda ancha a través de la red del ex monopolio, el acceso al bucle, mientras que en España existe otra alternativa, el acceso indirecto. La operadora ha sido multada por sus elevados precios mayoristas en este último servicio, así que las fuentes antes citadas esgrimen que los rivales tenían otras alternativas y que el acceso indirecto no era esencial en el momento de la multa ni ahora.Otra diferencia está en el sistema por el que los reguladores fijaban estos precios mayoristas. Fuentes cercanas a Telefónica explican que en Alemania se hacía con condicionantes políticos, para contener la inflación, mientras que en España se atendía a criterios de competencia.Y si todo falla, queda la esperanza de que la multa se reduzca. La sentencia de ayer confirma los criterios de graduación que se usaron para fijar la sanción de Deutsche Telekom. La de Telefónica es doce veces superior, así que la operadora argumenta que la CE se saltó esos criterios. Bruselas ha explicado por qué lo hizo, pero si bien es cierto que la Comisión nunca ha perdido un caso de competencia, sí ha habido alguna reducción de multas.

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