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Real Decreto

Las comunidades podrán optar por el modelo de gestión de ITV que prefieran

Las comunidades autónomas tendrán la potestad para establecer el modelo de gestión que consideren oportuno en la Inspección Técnica de Vehículos (ITV), según un Real Decreto aprobado por el Consejo de Ministros.

La nueva norma tiene su origen en los recursos de inconstitucionalidad que contra un Real Decreto Ley del año 2000, de medidas liberalizadoras, presentaron las comunidades de Aragón, Cataluña, Asturias y Andalucía, por considerar que vulneraba sus competencias.

El Tribunal Constitucional resolvió en 2005 que corresponde a las comunidades autónomas establecer la habilitación para la prestación del servicio de ITV, mientras que la competencia para determinar los requisitos técnicos de las estaciones es compartida entre la Administración central y regional.

En consecuencia, el texto aprobado el pasado viernes establece que la prestación de la ITV podrá ser realizada directamente por las comunidades o a través de sociedades de economía mixta, o por empresas privadas con su propio personal, en régimen de concesión administrativa o de autorización. Así, queda derogada la norma aprobada en junio de 2000, por la que se modificó el régimen de las ITV, que pasaron de un sistema de concesiones administrativas a otro de autorizaciones.

Competencias

También será competencia de las comunidades autónomas establecer los criterios para los horarios de las ITV, que tendrán que suscribir pólizas de responsabilidad civil por una cuantía mínima de 300.500 euros.

Cada centro tendrá que disponer de, al menos, dos líneas de inspección, una de ellas para vehículos ligeros y otra para pesados o universal, aunque en casos excepcionales se podrán admitir estaciones con una sola línea universal en zonas de población muy dispersa.

La estación tendrá que estar ubicada en locales o naves independientes de otras en las que se realicen actividades diferentes, y deberá contar con sistemas telemáticos conectados con la administración regional y la Jefatura Central de Tráfico. La remuneración del personal no dependerá del número de vehículos inspeccionados ni del resultado de las inspecciones.

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