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Medios

El Tribunal de la UE declara ilegal la perpetuación de los permisos de emisión para las TV tradicionales

El Tribunal de Justicia europeo, con sede en Luxemburgo, declaró ayer ilegales los regímenes de transición de la televisión analógica a la digital que perpetúan el número de operadores existentes en el mercado.

El veredicto se produce a raíz de la denuncia de una cadena italiana de televisión que, a pesar de haber obtenido licencia para emitir, nunca pudo acceder a la radiofrecuencia necesaria para hacerlo. Y sienta jurisprudencia ante la batalla que se avecina por el espectro que liberará la digitalización de las emisiones televisivas, un bien público cuya explotación, por parte de compañías telefónicas o nuevos canales de televisión, puede generar un negocio de unos 200.000 millones de euros.

La comisaria europea de Sociedad de la Información, Viviane Reding, que defiende la explotación comercial del espectro liberado, señaló ayer que 'la sentencia deja claro que los Estados miembros no pueden utilizar la asignación de frecuencias para congelar las estructuras de su mercado audiovisual ni para proteger la posición de los operadores que ya están activos'.

Reding cree que el fallo es 'una señal clara a favor de una competencia efectiva, de un acceso no discriminatorio a las frecuencias y de una mayor capacidad de elección para los consumidores'. El caso se desencadenó cuando Centro Europa 7, una compañía audiovisual italiana, consiguió en julio de 1999 la autorización para emitir a escala nacional. El permiso no le sirvió de nada porque la legislación italiana establece un régimen temporal que, en la práctica, permite que los ocupantes de hecho de las radiofrecuencias continúen sus emisiones sin liberar el espacio que necesitan los titulares de nuevos derechos. Centro Europa reclama una indemnización por el perjuicio sufrido.

Los jueces comunitarios, cuya sentencia responde a una consulta del Consejo de Estado italiano, acusan a la normativa italiana de 'fosilizar las estructuras del mercado nacional y proteger la posición de los operadores nacionales que ya desarrollaban su actividad en dicho mercado'.

Y la sentencia establece que 'la atribución en exclusiva y sin límite de tiempo de radiofrecuencias a una cantidad limitada de operadores existentes (...) va en contra de los principios del Tratado de la UE sobre la libre prestación de servicios'.

La sentencia, según Reding, 'muestra que si queremos maximizar los beneficios sociales, económicos y culturales del espectro, necesitamos gestionarlo de manera más efectiva'. La comisaria ya ha hecho propuestas legislativas para liberalizar su uso.

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