La UE facilita las demandas en el sector asegurador
El Tribunal de Justicia europeo aceptó ayer que las víctimas de un accidente de tráfico en el extranjero puedan iniciar en su país de origen una acción directa contra la compañía aseguradora del causante del siniestro.
La sentencia, que sienta jurisprudencia, faculta a los jueces de cada Estado miembro de la UE para pronunciarse sobre las demandas, con independencia del lugar donde haya ocurrido el accidente. La principal condición será que la entidad aseguradora hacia la que se dirige la reclamación tenga domicilio en la UE.
El origen de este precedente judicial fue el accidente sufrido por un ciudadano alemán, Jack Odenbreit, en territorio holandés. La víctima planteó una demanda en su país de origen contra FBTO Schadeverzekeringen, el grupo que cubría al causante del accidente.
Pero el tribunal alemán se declaró incompetente para actuar contra una entidad domiciliada en Holanda y, por lo tanto, declaró inadmisible el recurso de Odenbreit. Una segunda instancia en Alemania sí que aceptó el recurso de casación y falló a favor de la víctima.
La entidad aseguradora recurrió y el caso llegó hasta la última instancia judicial comunitaria. La Sala Segunda del Tribunal de la UE dirimió ayer la disputa confirmando la competencia de los jueces de un país para pronunciarse sobre acciones directas transfronterizas.
Los magistrados comunitarios recuerdan que el reglamento europeo sobre competencia judicial señala que las partes más débiles en un litigio en materia de seguro deben beneficiarse de la protección más favorable. Y consideran que ese beneficio debe alcanzar también a la víctima de un accidente.
Indemnizaciones
Las reclamaciones por accidentes de tráfico con implicados de diferentes países se han multiplicado en los últimos años, según los datos de la Comisión Europea. Entre 2003 y 2004 se doblaron en España, Portugal, Francia y Alemania.