El Tribunal Supremo estudia reabrir el caso de las cesiones de crédito contra Botín
Fuentes jurídicas señalan que la resolución del Supremo será importante para delimitar el papel de las acusaciones populares en las instrucciones que opten por el procedimiento abreviado, casi el 95% de las investigaciones judiciales en España.
El Tribunal Supremo ha aceptado estudiar la reapertura el caso de las cesiones de crédito contra el presidente del Grupo Santander, Emilio Botín, otros tres ejecutivos del banco y 20 clientes por el caso de las cesiones de crédito, por el que pudo haber un perjuicio patrimonial de 84 millones de euros.
Así lo indica una providencia del Tribunal Supremo en la que se señala el próximo día 14 de noviembre como la fecha en la que la Sección Segunda del Tribunal Supremo analizará si fue procedente o no el sobreseimiento decidido por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, en diciembre del 2006.
La Audiencia Nacional decidió archivar el caso por considerar que el ejercicio de la acusación popular debe estar limitado ¢en cuanto a su alcance, extensión y contenido¢, en línea con los expresado por el fiscal Vicente González Mota y las veinticuatro defensas de los imputados, quienes reclamaban que no se iniciase el juicio oral.
Estas partes entendían que carecía de legitimidad la acusación encabezada por la Asociación para la Defensa del Inversor y los Clientes (ADIC), a la que la defensa de Botín liga a Rafael Pérez Escolar, condenado por el caso Banesto, y que pedía 180 años de cárcel para el presidente del Banco Santander.
Según fuentes jurídicas, al margen de lo que ha de enjuiciarse concretamente o no en este caso, la resolución del Supremo será importante para delimitar el papel de las acusaciones populares en las instrucciones que opten por el procedimiento abreviado, casi el 95% de las investigaciones judiciales en España.
Precisamente, el auto de la Audiencia Nacional indicaba que si se permite una acusación -aunque en sea en solitario la popular- ¢esto equivaldría a permitir que cualquier ciudadano no perjudicado u ofendido por el delito pueda, por su sola voluntad, actuar incluso en contra de los intereses del perjudicado u ofendido por el hecho ilícito y en contra del criterio del fiscal¢ que defiende el interés público.
Después de 15 años de investigación, antes de que se celebrara el juicio oral, la Audiencia Nacional archivó el procedimiento sobre la presunta responsabilidad de Botín y otros tres directivos del banco -Rodrigo Echenique, José Ignacio Uclés y Ricardo Alonso Clavel- en esta operativa, en lo que podría haber un delito continuado de falsedad documental y falsedad mercantil.
El sobreseimiento libre del caso significó además que los hechos relatados quedaban como ¢cosa juzgada¢, aunque el fiscal pidió, por su parte, la reserva de las acciones legales que pudiesen afectar, según fuentes jurídicas, a algunos clientes imputados, en otras jurisdicciones, por un presunto delito fiscal que se investigó en más de 47.000 operaciones por un importe superior a los 432.000 millones de pesetas (2.596 millones de euros).
Fuentes jurídicas también recordaron a EFE que la mayor parte de los 21 clientes imputados regularizaron su situación con la Agencia Tributaria entre 1993 y 1996 aunque, según la acusación particular en este caso, las cuotas defraudadas superarían los 3 millones de euros (500 millones de pesetas).
Sin embargo, la defensa del Banco Santander ha sostenido, a través de varios informes periciales, que para una inversión que supera los 10 millones de euros (1.700 millones de pesetas) no hubo defraudación de cuotas por encima de los 1,5 millones de euros (245 millones de pesetas) en el ejercicio 1989.
Desde 1998 el Ministerio Fiscal ha pedido el sobreseimiento en catorce ocasiones, al igual que la Abogacía del Estado -representante de la Agencia Tributaria-; ambos también se mostraron en contra de la aceptación de este recurso de casación ante el Supremo.