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Legislación

Economía confía en aprobar mañana el decreto de opas

El Ministerio de Economía espera aprobar mañana el real decreto de opas para evitar que el 13 de agosto la nueva ley de opas entre en vigor sin estar desarrollada. Para ello, el Consejo de Estado debería despachar el proyecto de reglamento y remitirlo hoy al Tesoro.

Un día. La normativa española sobre opas pende de un hilo en un momento en que hay varias operaciones de calado sobre la mesa. El Consejo de Estado tendrá que remitir hoy al Tesoro el texto del reglamento sobre opas para que el Consejo de Ministros pueda aprobar mañana el Real Decreto. Es el último Consejo de Ministros antes de las vacaciones estivales y, por tanto, el último antes de que la ley de opas entre en vigor, el 13 de agosto.

Pese a lo sumamente ajustado de los plazos, fuentes del ministerio de Economía confiaban ayer en que el Consejo de Estado devolviese el proyecto de Real Decreto a tiempo para su aprobación. Señalan que sería suficiente con que el Consejo de Estado devolviese hoy el texto. Este órgano, cuya función es meramente consultiva, despachó el pasado jueves la reforma de la Ley del Mercado de Valores necesaria para implantar la directiva MiFiD.

De lo contrario, el mercado de valores español entraría en un vacío legal que, en el mejor de los casos, duraría dos semanas. La ley de opas aprobada el pasado viernes es un texto general que modifica la Ley del Mercado de Valores y fija los criterios de la nueva legislación, pero no establece cómo se deben poner en práctica dichos criterios. En este caso, el vacío legal duraría al menos 15 días, desde el 13 hasta el 28 de agosto, fecha del próximo Consejo de Ministros, a no ser que el Consejo de Estado también se marche de vacaciones durante el mes de agosto y retrase todavía más la aprobación del texto.

El vacío legal podría ser especialmente dañino en la medida en que afecta a un mercado que durante los últimos meses ha protagonizado numerosos episodios -desde Endesa hasta Metrovacesa- en los que se ha forzado la legalidad para obtener el control de una compañía o evitar que lo haga un competidor.

La única ventaja es que la ley de opas se aplica a opas aprobadas por la CNMV, y no a opas presentadas, luego el vacío legal no afectaría a ninguna operación a no ser que el supervisor del mercado aprobase una opa en ese mismo plazo, es decir, después del 13 de agosto y antes del reglamento.

La CNMV aplicaría una ley y otro reglamento

En caso de que la ley de opas entre en vigor el próximo día 13 sin que se haya aprobado el reglamento que desarrolla esta norma, la CNMV está obligada a aplicar la ley en vigor, es decir la nueva, y el reglamento en vigor, que seguirá siendo el viejo mientras no se apruebe el nuevo, según confirman fuentes del supervisor de los mercados.Una situación poco deseable en la medida en que las dos normas son de todo punto distintas y habría muchos aspectos sujetos a la interpretación. Sin embargo, la CNMV ya tiene experiencia en lidiar con vacíos legales, pues la interminable tramitación del reglamento de fondos provocó una laguna legal de un año y nueve meses, desde febrero de 2004 hasta noviembre de 2005, que paralizó en buena medida la industria de fondos y la salida al mercado de nuevos productos.

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