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Derechos de emisión

El Supremo ratifica que los hoteles deben pagar por cada televisor

El Tribunal Supremo ha vuelto a dictar sentencia contra otros tres hoteles, obligándoles a pagar derechos de emisión por cada televisor instalado en sus habitaciones.

Con esta decisión, el Tribunal Supremo consolida el cambio jurisprudencial adoptado en la anterior sentencia contra el Hotel Puente Romano (Marbella), dictada el 7 de abril. El Supremo estima así una vez más las demandas interpuestas por Egeda (Entidad de gestión de derechos de los productores audiovisuales), que lleva desde 1996 luchando para que la justicia reconozca sus derechos. En esta ocasión la sentencia condena a los hoteles Marbella Club, Hotel Regente, Ifa Dunamar y Ifa Beach, estos dos ultimas localizados en las Islas Canarias.

El fallo del Tribunal Supremo obliga a estos hoteles a suspender la emisión de 'las obras y grabaciones audiovisuales contenidas en las emisiones de televisión', hasta que no dispongan de la pertinente autorización de Egeda.

La sentencia expone y analiza el derecho de los productores de obras y grabaciones audiovisuales a autorizar la comunicación pública de los contenidos que sean transmitidos a través de la señal de televisión en las distintas estancias y apartamentos hoteleros.

El 1 de junio de este mismo año, el Tribunal Supremo reconoció que la emisión de televisión en las habitaciones de hotel suponían un acto de comunicación pública. Al considerarlo así, las cadenas hoteleras están obligadas a pagar un canon en función de derechos audiovisuales.

Al consolidarse esta jurisprudencia se acaba definitivamente con la polémica cuestión del pago de derechos de autor por la distribución de la señal de televisión en hoteles.

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