El Gobierno aumenta la protección a los inversores
El Consejo de Ministros estudió hoy un anteproyecto de ley sobre los mercados de instrumentos financieros (Mifid), que obligará a las empresas de servicios de inversión (ESIS) a ofrecer ¢la información necesaria¢ para que el cliente ¢comprenda la naturaleza y riesgos del servicio que se le ofrece¢.
El Consejo de Ministros estudió hoy un anteproyecto de ley sobre los mercados de instrumentos financieros (Mifid), que obligará a las empresas de servicios de inversión (ESIS) a ofrecer ¢la información necesaria¢ para que el cliente ¢comprenda la naturaleza y riesgos del servicio que se le ofrece¢.
El vicepresidente segundo y ministro de Economía, Pedro Solbes, presentó un informe sobre el anteproyecto de ley que modifica la Ley del Mercado de Valores (LMV), para transponer varias directivs comunitarias relativas a estas empresas, fomentar la integración de los mercados financieros de la UE, reforzar la protección al inversor y ampliar la lista de productos financieros y servicios de inversión.
¢Es necesario adaptar las bolsas a los nuevos tiempos¢, dijo la vicepresidenta del Gobierno, Teresa Fernández de la Vega, para quien esta normativa ¢aumentará la red de seguridad en torno a la inversión¢, puesto que, en los últimos años, ¢ha aumentado el número de transacciones, los productos son más complejos y crece el número de inversores que intentan extraer, legítimamente, la máxima rentabilidad de ahorros¢.
La nueva ley considera, además, ¢modernizar los mercados financieros para adaptarlos a las nuevas necesidades de inversión y de operatividad¢, además de nuevas normas sobre ¢solvencia y funcionamiento interno¢ de las Empresas de Servicios de Inversión. Asimismo, ¢se mejora la potestad supervisora de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y se potencia la cooperación transfronteriza entre supervisores¢, que habrán de designar ¢una sola autoridad competente¢.
En cuanto a la protección a los inversores, según el Gobierno, las empresas están obligadas a tener ¢un registro de contratos¢, establecer una categoría de clientes y disponer de ¢procedimientos que aseguren la ejecución puntual, justa y rápida de las órdenes de los clientes¢.
Respecto a la gestión y ejecución de órdenes, cuando se trate de clientes minoristas, las empresas habrán de identificar ¢la ejecución óptima¢ para el inversor con ¢aquella que consiga el mejor precio, descontados los costes y las comisiones de ejecución¢, excepto que existan órdenes en contra del cliente.
Esta normativa prevé, por otro lado, la creación de una nueva clase de empresas de servicios de inversión (ESIS) que, a diferencia de las actuales (sociedad de valores, agencia de valores y sociedades gestores de carteras), podrán tener un administrador único y no tendrán que constituirse obligatoriamente en sociedades anónimas.
La ley amplía el número de sistemas para la ejecución de operaciones sobre instrumentos financieros. A los mercados regulados o secundarios oficiales se les suman los sistemas de negociación multilateral (SMN, Sistemas Organizados de Negociación) y los sistemas de internalización.
Perfil de negocio
Por último, el Anteproyecto de Ley también obliga a las empresas de servicios de inversión a divulgar en el mercado información sobre los aspectos clave de su perfil de negocio, exposición al riesgo y formas de gestión del riesgo. Esta información irá contenida en un documento denominado ¢información sobre solvencia¢ que tendrá, al menos, una periodicidad anual y será conocida como ¢disciplina de mercado¢, ¢ya que se pretende que la divulgación al público y la presión de la competencia alienten la adopción de mejores prácticas y aumenten la confianza del inversor¢.
Además, se les exigirá llevar un registro de todas las operaciones que realicen, para ¢la mejor supervisión por parte de la Comisión Nacional del Mercado de Valores¢.