El Supremo condena a Zeppelin por usar de forma ilegal datos de concursantes
El Tribunal Supremo confirmó ayer la sanción de 1,08 millones de euros impuesta por la Agencia Española de Protección de Datos a Zeppelin Televisión, la productora de Gran Hermano, por el tratamiento dado a la información de carácter personal de unos 7.000 candidatos a participar en el espacio de televisión emitido por Telecinco.
La sentencia señala que la productora recabó información relativa a gustos, ideología, creencias religiosas, raza, salud o vida sexual sin que existiera consentimiento de los candidatos para que estos datos se trataran informáticamente. Además, cedió los ficheros sin la debida seguridad a personas con las que no le unía ningún lazo contractual.
El tribunal rechaza todas las alegaciones presentadas por Zeppelin Televisión contra la sanción, entre ellas unas manifestaciones públicas realizadas por el director de la agencia sobre el expediente de forma previa a la sentencia. La recurrente consideraba que con estas declaraciones quedaba vulnerado su derecho a un juez imparcial. La productora alegaba también que encargó la recogida de datos a Atento, con la que firmó el correspondiente contrato y que, en su opinión, debería ser la responsable de la recogida y tratamiento de los datos.