La Audiencia absuelve a todos los acusados del 'caso Telecinco'
La Audiencia Nacional ha absuelto a los ocho acusados en el juicio del caso Telecinco, entre los que se encontraban el financiero Javier de la Rosa o el ex director general de la ONCE, Miguel Durán.
La Sala Penal de la Audiencia Nacional ha dictado una sentencia en la que establece la absolución de todos los delitos sobre los que se venía acusando al ex director general de la ONCE, Miguel Durán; el ex vicepresidente de Telecinco, Santiago Muñoz Machado; los empresarios Francisco Javier de la Rosa, Rafael Álvarez-Buiza y Ángel Medrano; el ex consejero delegado Alfredo Messina, Giovanni Acampora y el ex secretario general de la cadena, Juan Carlos López-Cid. Todos ellos estaban acusados en el conocido como Caso Telecinco por supuestas irregularidades cuando estaban al frente de la gestión de la cadena de televisión Telecinco.
La Fiscalía consideraba que los acusados habían violado la Ley de Televisión Privada que establece que ninguna persona física o jurídica puede ser titular directa o indirectamente de más del 25% del capital de una sociedad concesionaria.
Las acciones de la empresa Gestevisión Telecinco se repartieron inicialmente de la siguiente manera: un 25% lo adquirió la Once, a través de Divercisa; ese mismo porcentaje lo adquirió el Grupo Anaya, a través de Cecisa, presidida por Germán Sánchez Ruiperez; el grupo italiano presidido por el ex primer ministro Silvio Berlusconi Finninvest adquirió otro 25%; Promociones Calle Mayor adquirió un 10% y un 15% Juan Fernández Montreal.
Antes del inicio de las emisiones de la cadena surgieron discrepancias entre los socios que llevaron al abandono de la sociedad de Sánchez Ruiperez y de Fernández Montreal. Para el proceso de venta del porcentaje accionarial de ambos se diseña una fórmula de ventas indirectas consistente en el traspaso de las acciones a sociedades que no tuviesen otro contenido. En años posteriores las acciones de Telecinco se fueron vendiendo a otros socios siguiendo la misma fórmula para sacarlas a la venta.
La Sección Primera de la Audiencia Nacional afirma en su sentencia que no ha encontrado pruebas de delito en el entramado negocial de la sociedad, elaborado en opinión de la Fiscalía para solapar una violación de la Ley de Televisión Privada y la Ley Tributaria con objeto de defraudar a Hacienda.
La Sala entiende que los contratos 'reflejan unos acuerdos que no se consideran contrarios a la ley y que tratan de adaptarse al requisito de la autorización administrativa, configurada como condición suspensiva, incluso en las ventas indirectas'.
El caso se abrió por una querella de la fiscalía contra 38 personas
La sección primera de la Audiencia Nacional no ha encontrado pruebas de delito en el entramado de negocio de la sociedad y estima que los contratos entre los acusados reflejan unos acuerdos que no se consideran contrarios a la ley. El caso comenzó a tramitarse por el Juzgado Central de Instrucción 5 a raíz de una querella de la fiscalía contra 38 personas y distintas entidades por diversos delitos contra la hacienda pública y falsedades por hechos relativos a Telecinco entre 1989 y 1995. Tras siete años en manos del Juzgado Central de Instrucción 5 , en 2005 se inició la labor de enjuiciamiento por parte de la Sala de la Audiencia Nacional, una vez reducido a ocho el número de acusados.