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Medio ambiente

Dudas sobre cómo pagar los daños al ecosistema

Los expertos analizan la responsabilidad medioambiental

Cuál es el importe máximo que debe tener la garantía financiera que debe suscribir una empresa para cubrir sus daños medioambientales? ¿Afecta por igual a todas las compañías? ¿Existen excepciones? ¿Se va a aplicar con carácter retroactivo?

Estas fueron algunas de las preguntas que formularon los cincuenta empresarios que reunió la correduría de seguros Aon Gil y Carvajal durante una jornada en la que se plantearon las principales novedades del anteproyecto de ley sobre responsabilidad medioambiental, que actualmente se encuentra en consulta en el Consejo de Estado tras su paso por el Consejo Económico y Social (CES).

Este texto, que establece la obligación de prevenir, evitar y reparar los daños que se causen al medio ambiente, tiene como principal novedad la exigencia de una garantía financiera o seguro que deberán contratar las 5.000 empresas afectadas por la norma, entre las que destacan las industrias químicas, las de aguas o el transporte de mercancías.

No obstante, el texto plantea bastantes excepciones, tal y como reconoció Paz Vizcaíno, especialista en derecho del Medio Ambiente. Así, establece que la ley no tendrá carácter retroactivo, con lo que no se aplicará sobre los daños causados antes del 30 de abril de 2007 (fecha en la que está prevista su entrada en vigor), que la responsabilidad se transmitirá por herencia en caso de muerte de los responsables o que en el caso de que haya varias empresas implicadas en un daño medioambiental, la responsabilidad será mancomunada y no solidaria, como decía uno de los primeros borradores.

Este cambio fue introducido ante las quejas de las grandes empresas, que no estaban de acuerdo con el término 'responsabilidad solidaria', lo que supondría, a su juicio, que acabarían pagando una gran parte de los daños, ante la insolvencia de las pequeñas firmas.

El anteproyecto también fija que el causante de un daño no deberá repararlo cuando demuestre la inexistencia de culpa, bien a través de una autorización administrativa o bien por desconocimiento científico o técnico del daño que se pueda ocasionar.

El fuerte régimen sancionador, que establece multas de hasta dos millones de euros y suspensiones de la licencia de actividad por dos años, también tiene sus salvedades. En el caso de los delitos graves, establece un periodo máximo de dos años desde que se produce el daño hasta que se impone la sanción. De lo contrario, el delito prescribirá. En el caso de los delitos muy graves, el periodo entre daño y sanción no podrá superar los tres años.

Respecto a la garantía financiera, el texto establece que no se exigirá a las personas jurídicas públicas (gobierno central, autonomías o ayuntamientos), medida que fue criticada por Vizcaíno ante la posibilidad de que la administración causante del daño no disponga del dinero suficiente para hacer frente al desastre ambiental.

Lo mismo ocurre con las obras públicas, a las que tan sólo se les exigirá una declaración de impacto ambiental, y con las autoridades públicas adjudicatarias de un contrato.

En el ámbito empresarial privado, las compañías cuya actividad esté regulada por convenios internacionales firmados (sustancias nocivas, hidrocarburos ferrocarril) o con riesgos nucleares quedarán también fuera del ámbito de aplicación.

Dificultades para cubrir reparaciones de 20 años

Las pocas aseguradoras que ofrecen pólizas para cubrir los riesgos incluidos en el anteproyecto de ley de responsabilidad medioambiental no son proclives a incluir en sus coberturas la reparación compensatoria del entorno dañado. Así lo aseguró Erlanz Urbieta, director de responsabilidad civil de Aon, quién afirmó que las compañías ya están adaptando sus productos a la futura ley.A juicio de Urbieta, no lo quieren incluir por las dificultades para calcular el daño ambiental (en este momento Medio Ambiente está haciendo dos pruebas piloto en una explotación porcina y en una industria química) y por las cuantiosas indemnizaciones que puede acarrear, 'ya que reparar un hábitat puede llevar de 15 a 20 años y las cantidades para cubrirlas pueden ser muy grandes'.

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