El Supremo rechaza las cautelares contra la norma del cable pedidas por la CMT
El Tribunal Supremo ha rechazado la suspensión cautelar solicitada por la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) de cuatro artículos y la disposición transitoria Primera del Real Decreto 28 de julio por el que se aprobó el Reglamento General de Prestación del servicio de Difusión de Radio y TV por Cable. El recurso planteado por la CMT sigue, sin embargo, su cauce.
El pasado 2 de noviembre, la CMT presentó un recurso contencioso administrativo contra artículos 3, 4.1, 5.1, y 14.2.b y contra la disposición transitoria primera del Real Decreto, y además pidió la suspensión cautelarísima, es decir, sin oír a las partes, algo que ya fue rechazado por el Supremo en noviembre.
Tras escuchar las alegaciones de todas las partes personadas, el Alto Tribunal ha entendido que también debe rechazar la suspensión cautelar de los artículos cuestionados por la CMT.
La CMT considera que el reglamento 'vulnera sus competencias en materia audiovisual'. Entiende que el Gobierno asume competencias sobre la concesión de licencias y defensa de la competencia en el mercado del cable que pertenecen a la CMT. El reglamento se aprobó para liberalizar la prestación de los servicios audiovisuales por cable.