Los ayuntamientos generalizan la tasa a las operadoras de telefonía móvil
La guerra abierta entre algunos ayuntamientos y las operadoras de telefonía móvil se recrudece. La Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) aprobó en su última Comisión Ejecutiva recomendar a la totalidad de los municipios españoles cobrar la tasa de dominio público a las empresas de móviles. Fuentes de la Comisión de Fiscalidad de la FEMP declaran que con este paso se va a ir generalizando el cobro de este tributo.
Los 90 ayuntamientos catalanes cuyos tributos se gestionan desde la Diputación de Barcelona, empezarán a cobrar la tasa, que podría llegar hasta el 1,5% de la facturación de las operadoras móviles en el municipio, en el primer trimestre de este mismo año. Pero no serán los únicos.
La decisión de la FEMP de recomendar el cobro a todos sus asociados (9.700 ayuntamientos en toda España) disparará el número de municipios que decidan este año aprobar esta tasa, según fuentes de la Federación. Especialmente, gracias a la puesta a disposición de todas las haciendas locales de dos modelos de ordenanza fiscal (a elegir) para que los municipios que lo deseen dispongan de unos criterios que les ahorre el engorroso trámite de calcular y cuantificar la fórmula fiscal. Especialmente para los más pequeños.
Pero no sólo los pequeños. Fuentes del Ayuntamiento de Madrid han confirmado a este diario que están estudiando la posibilidad de aplicar la tasa. Se sumaría así a Málaga, otro de los grandes y pionero en el cobro de la tasa.
Hasta ahora, son pocos los municipios que han optado por esta vía de financiación, concentrados principalmente en Cataluña. Entre ellos, Sabadell o Badalona. Concretamente este último tiene en el Tribunal Supremo un litigio con Vodafone por esta causa.
Angela Acín, gerente de gestión tributaria de la Diputación de Barcelona, uno de los organismos más activos en este tributo, aclara que el fin último de la decisión de la FEMP es generalizar la tasa y forzar a negociar tanto a la Administración Central como a las operadoras. Hacienda se ha mostrado reacia a cambiar el artículo 24 de la Ley de Haciendas Locales que establece las cuotas por el aprovechamiento del dominio público y que exime explícitamente a la telefonía móvil de los servicios a los que se pueden aplicar la tasa con carácter específico y que permite cobrar hasta el 1,5% de la facturación generada dentro del municipio.
Sin embargo, desde las haciendas locales se esgrime que sí se puede recaudar apoyándose en la tasa de carácter general (no la específica). La batalla legal se ha centrado en este aspecto y, de momento, las sentencias -sobre otros servicios como electricidad- están siendo favorables a las tesis municipales. Por tanto, si se produce una avalancha de ayuntamientos que reclaman la tasa, como confían desde la FEMP, tanto Hacienda como las operadoras deberían avenirse a negociar. Esa es la estrategia de los ayuntamientos comandados desde la FEMP. Y si no, las empresas tendrán que afrontar una escalada de recursos legales.
Maite Arcos, de la patronal Aetic es tajante: 'Para nosotros la ley es clara y no vamos a negociar', adelanta, y confirma que recurrirán todos las ordenanzas fiscales que se aprueben. Y apunta no sólo al coste del impuesto, sino al sobrecoste que supone la gestión en cada uno de los pueblos.
Acín considera que en ningún caso se llegaría a cobrar el 1,5% de lo facturado en cada municipio ya que para calcular la facturación de una operadora en cada municipio sólo se considera la transmisión de voz dejando fuera 'los SMS o internet por el móvil, que tanto dinero mueve', aclara. Según cálculos de la Diputación de Barcelona, lo que se cobra a las operadoras móviles estará en línea con lo que tributan las de fijo (que sí están incluidas entre los servicios que deben pagar la tasa). 'Para una término de 11.000 habitantes, rondará entre 70.000 y 11.000 euros al año', calcula.
Elección: Dos opciones al alcance de los alcaldes
Diputación Barcelona
Características: Basado en el modelo de ordenanza fiscal elaborada por la Diputación de Barcelona, es más complejo en su estructura, que no en su aplicación, y más ajustado a la realidad. En la práctica supone una menor recaudación para las arcas municipales o un menor coste para las empresas.
Cálculo de la facturación: Para la medición tiene en cuenta el volumen de consumos de cada operadora en el municipio. Para estimar los ingresos por llamadas se considera el número de teléfonos fijos instalados y el consumo medio por móvil obtenido de la CMT (235,22 euros al año). Para determinar el número de móvil se calcula el 90% de los habitantes. Luego se aplica el 1,5%.
Localret
Características: Basado en el modelo de ordenanza fiscal elaborada por Localret que agrupa a 800 ayuntamientos catalanes, tiene una estructura más simple, pero menos ajustada a la realidad. En la práctica supone una mayor recaudación para las arcas municipales o un mayor coste para las empresas.
Cálculo de la facturación: Se parte de los ingresos totales de las operadores de telefonía móvil y del número total de sus clientes, datos referidos al conjunto nacional, según datos CMT. Se divide y se obtiene el ingreso medio por cliente que se multiplica por el número de clientes con domicilio en el correspondiente término municipal. Al resultante se le aplica el 1,5%.
Hipocresía con las antenas
Fuentes de la patronal Aetic resaltan la hipocresía que supone que los ayuntamientos quieran cobrar por el uso público que supone la instalación de una antena y, por otro lado, en una gran mayoría de municipios se dificulte su instalación. Además, recuerda que el uso público de los móviles es fundamentalmente el espectro y que por ello 'ya están pagando al Gobierno central la friolera de 250 millones de euros al año', matiza Maite Arcos.