Todas las partes piden que cesen las cautelares de la opa de Endesa
Gas Natural e Iberdrola solicitaron ayer al Tribunal Supremo que levante las medidas cautelares que mantienen paralizada su oferta de compra sobre Endesa y que, a su vez, bloquean la opa competidora del grupo alemán Eon.
Estas peticiones, a las que también se suma la de la Abogacía del Estado, están recogidas en las alegaciones presentadas por las partes a la solicitud de Endesa al Alto Tribunal para que levantara o modificara las cautelares.
Las razones alegadas por la gasista y por la eléctrica vasca son, como era de esperar, distintas a las que esgrime la empresa presidida por Manuel Pizarro. Así, las dos firmas apoyan el levantamiento de la suspensión al entender que nunca debieron aceptarse las medidas, ya que no existían razones objetivas para ello.
Gas Natural, incluso, acusa a Endesa de 'fraude procesal', puesto que la eléctrica no sólo justifica su petición de levantamiento de medidas alegando que las circunstancias han cambiado (cosa que rechazan la gasista e Iberdrola), sino que se contradice en sus argumentaciones: en un primer momento se escudó en la protección del consumidor y ahora aduce razones de mercado para solicitar que las dos opas puedan competir pero con los derechos políticos de Gas Natural suspendidos.
En este tema de los derechos políticos, Gas Natural cree que la solicitud de Endesa sólo serviría para dejar 'marcada' una de las opas e imposibilitar a los accionistas que puedan elegir entre dos alternativas en igualdad de condiciones.
Iberdrola incide en las contradicciones de Endesa, asegurando que la eléctrica, para ser coherente, debería desistir de sus demandas ante el Supremo y el Juzgado de lo Mercantil para evitar prolongar 'durante varios meses' el bloqueo al que seguirán sometidas las ofertas. 'A esto se suma la petición de Endesa de evitar que Gas Natural pueda ejercer los derechos políticos de las acciones que adquiera, lo que supone tomar partido por la opa de Eon', añade.
En su alegación, Gas Natural también solicita al Tribunal Supremo que, frente al deseo de Endesa, obligue a la eléctrica a mantener el aval de 1.000 millones de euros que tuvo que depositar para la aplicación de las cautelares. Este punto no es compartido por la Abogacía del Estado. La gasista se remite al artículo 133 de la Ley de la jurisdicción contencioso-administrativa, que prevé la retirada de la fianza una vez transcurrido un año desde el levantamiento de las medidas y siempre que no se hayan presentado reclamaciones por los posibles perjuicios causados por la paralización de las opas.