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Normativa

Los planes de pensiones podrán invertir el 30% en activos de menor control

El nuevo reglamento entrará en vigor a finales del primer semestre de 2007

Economía y Seguros dan los últimos retoques al nuevo Reglamento de Pensiones, que hoy entra en fase consultiva, según anunció ayer Luis Bautista, inspector jefe de la Subdirección General de Planes y Fondos de Pensiones, en unas jornadas organizadas por El Nuevo Lunes y Santander.

'El texto que entrará en vigor a finales del primer semestre de 2007 dará más libertad a los gestores, que podrán destinar hasta el 30% de su cartera a hedge funds, fondos de capital riesgo, valores no negociables e inmuebles', añadió Bautista.

El técnico de Seguros precisó, además, que en un único fondo de inversión libre podrá destinarse un máximo del 5% de la cartera y en un único fondo de capital riesgo, el 20% frente al 2% actual.

En cuanto a la inversión en activos inmobiliarios, se ampliará el porcentaje que se podrá destinar al 30%, en lugar del 20% vigente. Además, en un sólo inmueble aumentará del 5% actual de inversión al 10%.

El 70% restante se destinará a los activos tradicionales, como acciones, bonos o cuentas corrientes. Se permitirá también la inversión en liquidez en depósitos a plazo máximo de un año.

Vuelve a permitirse la inversión en fondos de fondos, aunque se mantiene un límite a la cascada de comisiones. Esto supone que invierta donde invierta el plan de pensiones al partícipe no se le aplicará un gasto superior al 2% sobre el patrimonio. 'Desde el punto de vista práctico sigue limitándose la inversión en fondos de fondos o instituciones de inversión colectiva', matizó Ángel Aldama, director de Inverco.

También se permite la inversión de planes de pensiones en instituciones de inversión colectiva no armonizadas, en fondos inmobiliarios españoles y en vehículos inmobiliarios supervisados en países de la OCDE.

En cuanto a derivados, será posible invertir en derivados de crédito, en derivados sobre materias primas, en derivados sobre IPC e incluso derivados sobre fondos de inversión colectiva o sobre hedge funds.

Acerca de los productos estructurados, para los negociables en un mercado no será necesario que Seguros analice el subyacente, lo que permitirá acceder a productos más complejos. Pero se exigirá un rating de categoría A para estructurados ordinarios y doble AA si son derivados de crédito. Jorge Canta, abogado de Cuatrecasas, destacó 'las novedades en materia de productos estructurados negociados, pues por primera vez, no obligan a analizar la aptitud del subyacente'.

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