El reglamento de la CNE permite el cambio del vicepresidente
Hoy entra en vigor, en medio de una polémica interna, el nuevo reglamento de la Comisión Nacional de la Energía con el que el Gobierno ha querido equiparar el funcionamiento de la CNE con el del resto de organismos reguladores, como la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT), la CNMV o el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN).
Según el Real Decreto del Ministerio de la Presidencia publicado ayer en el BOE, el reglamento pretende 'agilizar el marco de relaciones de este regulador y mejorar la capacidad operativa de sus distintos órganos'. A partir de ahora, la CNE, cuyo control económico y financiero pasa del Ministerio de Economía al de Industria, podrá elaborar su propio reglamento interno y emitir circulares sin informe previo del Gobierno o de la Administración.
Además, se amplían las competencias del presidente, en línea con las que tienen los homólogos de la CMT y la CNMV, que, a partir de ahora, podrá nombrar al secretario del consejo de administración, previo informe de éste. Por lo demás, los asuntos 'de mera gestión o marcado carácter ejecutivo' o burocrático que hasta ahora desempeñaba el consejo, se desplazan a la presidencia. Para ello, se creará una Comisión de Gobierno encabezada por el presidente y compuesta por otros dos vocales del consejo nombrados por aquél. Según fuentes cercanas al regulador, la actual presidenta, Maite Costa, prevé equilibrar el nombramiento de estos vocales, nombrándolos de entre las dos adscripciones políticas del consejo.
Esta Comisión de Gobierno es importante pues tendrá entre sus funciones el nombramiento del personal directivo de la CNE y asistirá al presidente en el desempeño de sus funciones.
El reglamento, que no ha sido sometido al correspondiente informe del propio consejo de la CNE (que tiene potestad para informar todas las normas de rango inferior a proyectos de ley que afecten al sector energético), ha generado malestar entre algunos de los consejeros, especialmente, en el vicepresidente de la Comisión, Fernando Martí Scharfhausen, nombrado por el Partido Popular durante el mandato del anterior presidente, Pedro Meroño.
Al parecer, según distintas fuentes, el reglamento no consolida la situación creada con el Gobierno anterior, según la cual, la vicepresidencia de la CNE queda ligada al mandato del consejero (que tiene una duración de cinco años) en el que recaiga este puesto. Algo que no ocurre con el cargo de presidente, que puede ser relevado.
De esta manera, con el reglamento que rige a partir de ahora, el Consejo de Ministros tiene potestad para cambiar al actual vicepresidente que, de lo contrario, podía mantenerse en su cargo hasta 2008, cuando termina su mandato como consejero.
No obstante lo anterior, el Gobierno no ha manifestado su intención de proceder a este cambio. Además, la potestad del vicepresidente no es muy significativa, si bien, el presidente puede delegar en él 'el ejercicio sus competencias'. También en los vocales o en los directores de la Comisión de Gobierno.
Entre las funciones que otorga el nuevo reglamento a la presidenta, están proponer los objetivos anuales; coordinar y dirigir las actividades de todos los órganos directivos; presentar los presupuestos, celebrar los contratos y convenios del organismo regulador y canalizar las relaciones institucionales.
Por su parte, el consejo de administración, además de sus funciones de regulador, podrá aprobar el reglamento de régimen interior (que hoy no existe); aprobar la propuesta de presupuestos; la de la memoria de la CNE, así como la emisión de circulares o informar con carácter previo del nombramiento del secretario.