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Industria

Alemania aprobó la fusión Eon-Ruhrgas para garantizar el suministro de gas

El Gobierno alemán justificó su visto bueno a la fusión entre Eon y Ruhrgas basándose en varios argumentos, entre los que destaca que 'la concentración supondría una aportación importante para asegurar a medio y largo plazo el suministro de gas natural a Alemania'.

Una idea que apoyó esgrimiendo que 'la generación de seguridad en el suministro es una función del Estado'. Así consta textualmente en la resolución elaborada por el Ejecutivo alemán para dejar sin efecto el dictamen de la Comisión Antimonopolio que prohibía la fusión. Este razonamiento es similar al que está utilizando el Gobierno español para explicar su rechazo a la opa de Eon sobre Endesa, que compite con la lanzada por Gas Natural.

El impacto laboral de la operación es otro de los asuntos recogidos en el documento del Gobierno alemán, con la siguiente interpretación: 'La concentración contribuiría a mantener y crear puestos de trabajo en Alemania. Sólo una Ruhrgas competitiva a escala internacional podría garantizar de forma duradera que los puestos de trabajo directos en la empresa y los puestos de trabajo en las industrias de alta tecnología, así como en la investigación y la docencia en los ámbitos de producción, transporte y explotación permanezcan de forma duradera en Alemania'.

'Si Ruhrgas', continúa el texto, 'fuese absorbida por un inversor extranjero en lugar de por Eon, sobre todo los puestos de trabajo de mayor valor serían trasladados al extranjero'.

Un tercer gran eje de la defensa oficial de la fusión entre las alemanas Eon y Ruhrgas fue que esta concentración 'asegura una oferta de gas suficiente en Alemania a unos precios adecuados con la que puedan atajarse también interrupciones en el suministro a corto plazo debido a problemas de tipo técnico o político', según se recoge en el documento.

Restricciones

La resolución señala que 'la garantía de abastecimiento de energía en caso de crisis se ha reconocido en las decisiones más recientes del Tribunal de Justicia Europeo (…) como motivo que justifica las restricciones en la libre circulación de capitales'.

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