El tribunal vasco suspende el gravamen del 32,6% en sociedades
El diseño y la aplicación de la política fiscal por las haciendas vascas ha sido, de nuevo, cuestionado por los jueces. El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha suspendido cautelarmente a instancias de la Junta de Castilla y León, las normas forales de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya que fijaban en el 32,6% el tipo general del impuesto de sociedades en los tres territorios.
La Sala de lo Contencioso Administrativo del alto tribunal argumenta en su resolución, que puede ser recurrida, que los preceptos impugnados son idénticos a otros 'que ya fueron jurisdiccionalmente anulados, por lo que concurre una clara y determinante apariencia de hecho'.
Añaden los jueces de la Sala que el tiempo que puede transcurrir hasta que se dicte la sentencia 'puede traducirse en un daño para el que, por llevar la razón, presumiblemente, acabará obteniéndola'.
Esta resolución judicial tiene como base sentencias anteriores del Tribunal Superior en las que se anulaban ya los tipos del 32,5% en sociedades, unos porcentajes que son dos puntos y medio inferiores a los aplicados en el territorio común. Los autos, que se dictaron a finales de 2005 a instancias del Gobierno de La Rioja y los empresarios de esa comunidad, provocaron entonces una modificación al alza de este impuesto al 32,6%.
Debate abierto
El dictamen del alto tribunal vasco coincide en el tiempo con el debate abierto sobre la reducción del tipo de gravamen en el impuesto de sociedades a nivel estatal. El Ministerio de Economía y Hacienda tiene diseñado un plan de reducción gradual del tipo general en sociedades para fijarlo en el 30% dentro de cinco años, a razón de un punto menos por ejercicio.
Las tres haciendas forales de Euskadi, por su parte, van más allá y tienen en estudio su recorte, de una sola vez, y por debajo del que se tiene previsto aplicar en el territorio común (toda España menos País Vasco y Navarra).