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CincoSentidos

La autonomía económica del discapacitado, a debate

Los notarios piden reformas que mejoren los patrimonios protegidos

Potenciar la creación de un patrimonio que proporcione autonomía económica a los discapacitados es básico para responder a preguntas que a diario reciben los notarios del tipo ¿qué será de mi hijo con síndrome de Down cuando sus padres faltemos? o ¿cómo puedo compensar a la persona que está cuidando de mi en la vejez? Sin embargo, desde que en 2003 se creó la figura del patrimonio protegido como un conjunto de bienes destinado a costear la vida de los discapacitados, apenas se han constituido 40. Para notarios, fiscalistas y abogados esta figura está fracasando y es esencial evitar su fin.

Como así ha quedado patente durante unas jornadas organizadas en Madrid los pasados 31 de enero y 1 de febrero por el Consejo General del Notariado y la Fundación AEquitas, los expertos creen necesario abordar tres aspectos clave. Por un lado, se deben ampliar los incentivos fiscales de estos patrimonios protegidos. Asimismo, se pide la regulación de nuevas figuras de gestión patrimonial pensadas para las situaciones de discapacidad y dependencia. Un tercer aspecto consiste en retocar cuestiones del Derecho civil que entorpecen situaciones como la administración y la transmisión del patrimonio del discapacitado. El actual anteproyecto de ley de dependencia podría abordar algunas de las peticiones, pero otras afectan al IRPF, también en reforma y a la ley del patrimonio protegido.

En síntesis, el patrimonio protegido es un conjunto de bienes que los familiares de un discapacitado ponen a su nombre. Para quien aporta el dinero, es deducible del IRPF hasta 8.000 euros anuales. Para quien lo recibe, tributa como el salario en una cuantía determinada. Para expertos como el notario Patricio Monzón hay que ampliar esta deducción. Además, como así destacó Miguel Cruz, socio de Landwell, se debe prever la recuperación del capital aportado si el discapacitado deja de serlo o fallece.

Como así señaló el asesor del ministro de Justicia, Lorenzo Prats, encargado de presentar las conclusiones del debate, también sería adecuado que en el Impuesto del Patrimonio se aumentara el importe del capital protegido que no tributa.

En general, todos los expertos que trataron cuestiones fiscales, criticaron que la creación de un patrimonio de este tipo tenga además un alto coste añadido en el Impuesto sobre Donaciones, sobre todo, con las diferencias por territorios que hay en España en este tributo.

La imposibilidad de disponer del capital aportado durante cuatro años y el hecho de que quienes no sean parientes del discapacitado no gocen de beneficios fiscales fueron otras de las críticas al actual sistema.

Asimismo, los notarios consideran oportuno crear una nueva figura fiscal. Se trata de la 'cuenta ahorro fundación tutelar', que funcionaría de forma semejante a las actuales cuenta vivienda o cuenta empresa. El objetivo es permitir financiarse a las fundaciones tutelares.

El fideicomiso, en alza

Respecto a la gestión del patrimonio de los discapacitados, Antonio López Poza, director de la asesoría fiscal de Caja Madrid, destacó la oportunidad de crear un sistema que diera liquidez al patrimonio inmobiliario en situaciones de discapacidad, dependencia o jubilación. Al tiempo, este especialista reconoció que 'de verdad de verdad no hay nada específico' para el patrimonio de los discapacitados.

Frente a la falta de atractivo del patrimonio protegido, los notarios destacan el buen funcionamiento que están teniendo los fideicomisos, es decir, de la creación de depósitos de confianza en los que los padres dejan todo al hijo al que quieren proteger, incluso dejan la parte de herencia que por ley correspondería a otros hijos (legítimas). Pero como así señaló el notario Rafael Leña, convendría introducir mejoras en la administración del fideicomiso y permitir a los padres que puedan decidir el destino de estos bienes por si los hijos fallecen para que así puedan pasar a los otros hijos o, al menos, se evite la sucesión intestada.

Casi una veintena de cambios necesarios

El debate sobre La eficacia de la ley de protección patrimonial de las personas con discapacidad se clausuró el pasado miércoles con la lectura de unas conclusiones. En concreto, con 18 puntos necesitados de reforma o aclaración que se harán llegar, entre otros, al ministro de Justicia, encargado de inaugurar las jornadas el pasado martes.Según los expertos, hay que empezar por aclarar la definición de discapacidad. Asimismo, convendría abordar una reforma que atienda las necesidades sucesorias de las personas con discapacidad (por ejemplo, suavizando el sistema de legítimas o permitiendo la sucesión contractual entre extraños). Se considera imprescindible la especialización del ministerio fiscal en esta materia, así como dar más dinamismo a los procedimientos administrativos y civiles sobre incapacidad. La creación de un solo equipo multidisciplinar o tribunal que evalúe la capacidad de una persona y que emita un informe con valor en todos los ámbitos también debe ser objeto de estudio. Al tiempo, se aboga por una reforma del Registro Civil que haga eficaz la publicidad sobre incapacitación.Respecto a la nueva ley de dependencia se considera necesario que también dé protección a menores de tres años. Al tiempo, se reclaman nuevos instrumentos financieros que atiendan la protección de los dependientes y casi una decena de medidas fiscales.

Productos claves para gestionar

seguro. El seguro de dependencia debe configurarse, en opinión de expertos como el catedrático de Deusto Ricardo de Ángel Yágüez, de forma similar a un seguro médico. Es decir, no debe ser como un seguro de ahorro sino como aquellos otros en los que el asegurador se obliga a dar asistencia en forma específica. Entre otras, una condición para su éxito es que las primas pagadas a la aseguradora se deduzcan del IRPF.hipoteca inversa. La hipoteca inversa, muy popular en EE UU, permite vender una casa a cambio de que su propietario (normalmente de edad avanzada) permanezca en ella el resto de su vida y reciba además una renta. Cuando fallezca, sus herederos pueden quedarse con la casa si entregan al comprador la cantidad pactada. Pero si no pagan, el comprador inicial la hace suya. No es un producto del todo novedoso, pero en España está carente de regulación. CiU presentó una propuesta en este sentido que luego retiró. El riesgo para quien paga la renta es muy elevado.planes. Los planes de pensiones son compatibles con las aportaciones al patrimonio protegido del discapacitado por lo que se revelan como instrumentos idóneos de ahorro para dependientes. Ahora bien, la reforma del IRPF puede dejarlos sin atractivo. Al tiempo, esta reforma crea los PIAS (planes individuales de ahorro selectivo) también adecuados para recibir una renta en los años de vejez.

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