Valencia pone límite a las recalificaciones arbitrarias de suelo
Las Cortes valencianas aprobaron ayer la nueva Ley Urbanística Valenciana (LUV) con el único respaldo del Partido Popular. La nueva legislación sustituirá a la polémica Ley Reguladora de la Actividad Urbanística (LRAU) que ha provocado la protesta tanto del Parlamento Europeo como de la Comisión Europea por los abusos que se han producido en su aplicación.
Según el consejero de Territorio de la Generalitat Valenciana, Rafael Blasco, la LUV cumple 'escrupulosamente' con todas las recomendaciones de la Unión Europea, algo que rechazó ayer la oposición, PSOE y Esquerra Unida, que vaticinaron una corta vida para la nueva ley, ya que consideran que no se ajusta a las directrices europeas.
Entre las novedades que incluye la LUV, destaca la exigencia a los ayuntamientos para que fijen los criterios generales para la adjudicación de los Programas de Actuación Integrada (PAI) mediante ordenanzas municipales. También se amplían los plazos de información a los afectados de los 10 días actuales a dos meses.
La nueva norma también amplía las posibilidades de que el pequeño propietario se convierta en urbanizador de sus terrenos, al exigir menos condiciones de las que establecía la LRAU, y establece mecanismos para que las cargas de urbanización que los propietarios han de pagar sean proporcionales a los servicios de los que se vayan a beneficiar.
Desde los escaños de la oposición, que vio como se rechazaron la totalidad de las 439 enmiendas presentadas a la ley, se criticó que la LUV no incluya los preceptos recomendados desde Europa, como la definición del concepto de interés público, lo que puede provocar que sigan expropiándose bienes 'acogiéndose a un hipotético interés general, cuando resulta que este interés general ha sido un campo de golf', dijo el diputado socialista Adolf Sanmartín.
El PSOE también lamentó que no se establezcan criterios para el cálculo de indemnizaciones, que la información no llegue a los propietarios afectados hasta bien avanzado el proceso y que no se haya revisado a fondo la figura del agente urbanizador, en cuyas manos queda la elección del constructor.