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Seguridad Social

Las parejas de hecho tendrán pensión de viudedad

El Gobierno se ha comprometido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2006 a reformar la pensión de viudedad. En un primer momento reconocerá esta prestación a 'núcleos familiares sin vínculo matrimonial' y, más tarde, establecerá que la pensión de viudedad para los nacidos a partir de una fecha estipulada será incompatible con determinado nivel de rentas.

Los responsables de la Seguridad Social han reiterado que pretenden hacer una 'reformulación global' de la pensión de viudedad. Así lo reconoce una disposición incluida en los Presupuestos Generales del Estado de 2006 en la que el Ejecutivo precisa su intención de que 'la pensión de viudedad recupere su fin de prestación sustitutiva de rentas perdidas a consecuencia del fallecimiento del causante'.

En otras palabras, el Gobierno pretende, a la larga, hacer incompatible la pensión de viudedad con determinado nivel de rentas. Si bien, ésta no será la primera medida que tomará el Ejecutivo en esta reforma.

El Ministerio de Trabajo quiere hacer esta reforma en dos fases. En una primera, el Gobierno pretende presentar el próximo año un proyecto de Ley para ampliar el acceso de la pensión de viudedad a más colectivos. En concreto, el texto de los Presupuestos señala que tendrán acceso a la pensión de viudedad 'las personas que, sin existencia de vínculo matrimonial, conformen un núcleo familiar en el que se produzca una situación de dependencia económica y/o existan hijos menores comunes en el momento del fallecimiento del causante'.

Requisitos exigidos

Con ello, el Gobierno pretende fundamentalmente extender esta pensión a las parejas de hecho y otras uniones acreditadas. En el documento que ha presentado Trabajo a sindicatos y patronal, propone que las parejas de hecho que soliciten la pensión de viudedad deberán acreditar, entre otras cosas, su inscripción en el registro público de su comunidad autónoma, con una antelación mínima al fallecimiento, que deberá fijar la ley. Si no existiera un registro de parejas de hecho, se exigirá 'la constatación de una convivencia mutua, estable y notoria' mediante escritura pública.

La segunda medida que se tomará previsiblemente el próximo año será la de desvincular esta pensión de las parejas divorciadas, en las que ya no exista una relación ni económica ni familiar.

En una segunda fase de la reforma, que Trabajo aún no ha precisado cuando se llevará a cabo, el Gobierno pretende hacer incompatible la pensión de viudedad con un determinado nivel de rentas. Para ello, los responsables de la Seguridad Social quieren que una futura ley establezca que las pensiones de viudedad de los nacidos a partir de una fecha (que deberá aún fijarse) no podrán acceder a esta prestación si superan un nivel de renta que también deberá estipularse.

La futura ley tendrá que evitar varias lagunas legales

Los responsables de la Seguridad Social deberán acotar muy bien los requisitos para que los nuevos colectivos accedan a la pensión de viudedad o de lo contrario podría traducirse en un aumento del fraude. La norma deberá, por ejemplo, fijar un periodo mínimo de convivencia, o especificar qué significa 'núcleo familiar', ya que podría incluir hermanos u otras parentelas. Asimismo, hay casos de viudos que conviven pero no se casan para no perder la pensión de viudedad. En teoría si la mera convivencia servirá para acreditar una pensión, la ley deberá precisar también si en otros casos esta convivencia servirá para eliminarla.

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