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CincoSentidos

Los directivos serán multados si se fuma en la empresa

La ley antitabaco no afecta sólo al bolsillo de la empresa. Toca también la nómina de los ejecutivos

Las empresas están tremendamente preocupadas por esta cuestión. æscaron;ltimamente en cada reunión que tenemos con clientes, se hable de lo que se hable, sale a colación este tema', comentaban hace un par de días en un desayuno organizado para analizar el proyecto de la ley antitabaco Salvador del Rey y Eduardo Gil de Biedma, socio y consejero, respectivamente, del bufete Cuatrecasas. El texto, que está tramitándose en estos momentos en el Senado, no sólo está destinado a provocar dolores de cabeza a los empresarios. Tanto los empleados fumadores como el empleado a cargo del centro en el que se produzca la infracción -es decir, un directivo de la empresa- podrán ser sancionados con multas si se produce una denuncia o una inspección por parte de Sanidad o Trabajo. En el caso de los primeros, el importe no superará los 30 euros (aunque si la conducta es reincidente la multa llega a 600); en el de los segundos, las sanciones pueden oscilar entre los 600 y los 10.000 euros. Un pellizco nada desdeñable a la nómina.

El hecho de que la ley imponga sanciones administrativas a los empleados -incluidos los ejecutivos- es una novedad en el campo del derecho laboral, donde las multas por infringir la normativa de salud y riesgos laborales recaen sobre la compañía, no sobre la plantilla. 'Por primera vez un empleado puede ser sancionado pecuniariamente por una falta laboral, algo que no era posible hasta ahora. Eso de pagar una multa a la Administración por una falta en el trabajo era desconocido', señala Eduardo Gil de Biedma.

Son muchos los directivos que están preocupados por la posibilidad de que el incumplimiento de la ley pueda repercutir en sus bolsillos. 'El texto establece una responsabilidad personal no sólo para el titular de la empresa, sino también para el ejecutivo que esté a cargo del centro. Es un aspecto que estamos explicando a los clientes y que está provocando sorpresa e inquietud', apunta Salvador del Rey. 'De hecho, la ley permite denunciar tanto al titular como a la persona a cargo del centro', explica.

Una labor policial

Tras la inquietud de los ejecutivos -coinciden algunos especialistas en derecho laboral- está el malestar ante la posibilidad de tener que añadir a sus responsabilidades la de convertirse en vigilantes dentro de la compañía. 'Es de las primeras leyes que hace responsables y sanciona a los empleados por el cumplimiento de la legislación laboral. A nadie le gusta convertirse en policía por una ley que no tiene relación directa con el trabajo que se desempeña', resume Ignacio Sampere, socio de Abet & Sampere Asociados.

Sampere apunta que la ley perturbará la organización de las empresas y provocará tensiones, algo en lo que coinciden los dos especialistas de Cuatrecasas. 'Muchas empresas habían alcanzado un equilibrio en este tema gracias a las salas de fumadores el texto prohibe su existencia en los centros de trabajo que la ley viene a romper', explican.

'Nadie quiere enfrentarse con su equipo por algo que no afecta a la profesionalidad. Al final te dices: a mí no se me paga para eso', concluye Sampere.

Puntos discutibles de la ley

 

coche de empresa

¿Se puede fumar en el coche de empresa? Aunque parezca una cuestión intrascendente, ésta es una de las dudas que se están planteando a la vista del proyecto de ley. Tanto Salvador de Rey, de Cuatrecasas, como Ignacio Sampere, de Abet & Sampere Asociados sostienen la misma interpretación: el coche de empresa es parte del centro de trabajo (y por lo tanto no se puede fumar en él) mientras se utilice como una herramienta de trabajo. Eso sí, deja de serlo durante el uso personal que haga el directivo fuera de su jornada.

seguros

¿Se puede hacer que la empresa asuma el coste de las posibles multas que recaigan sobre el directivo por el incumplimiento por parte de un empleado de la ley? Se trata de una cuestión a discutir y pactar entre ejecutivo y empresa, que no descartan ninguno de los tres especialistas y que podría materializarse a través de una cláusula en el contrato o con la suscripción de un seguro financiado por la empresa.

Empleada de hogar

¿Qué ocurre con las personas que realizan labores domésticas remuneradas? ¿Se puede considerar que el domicilio en el que trabajan es su centro de trabajo e impedir así a su titular que fume? Los especialistas están divididos ante esta cuestión, aunque la mayoría sostiene que el domicilio no se considera en ningún caso a efectos laborales como centro de trabajo.

66 ofertas de empleo que excluyen a fumadores

'Se busca responsable de departamento fiscal contable, con experiencia acreditada en puesto similar, dominio del idioma alemán e inglés y no fumador'. 'Se busca secretaria recepcionista. Imprescindible no fumadora'. 'Se busca jefe de almacén, persona dinámica, organizada y con capacidad de liderazgo. Preferiblemente no fumador'. Todas estas ofertas, hasta un total de 66, son anuncios reales publicados en una web de búsqueda de empleo en internet y que han sido recopilados por la asociación Club de Fumadores por la Tolerancia. La entidad hizo público ayer un comunicado en el que mostró su preocupación por el tema.Los anuncios recopilados están dirigidos a todos los sectores de la población e incluyen un grupo amplio de profesiones: desde ingeniero delineante, auxiliar administrativo, reponedor, comercial, camarero, responsable de producto o programador hasta graduado social, carpintero, pintor o peón.

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