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Energía

La CNE indaga ventas de energía de Cepsa y Gamesa

Detisa, filial de Cepsa, y Win to Market, filial de Gamesa, han sido denunciadas ante la Comisión Nacional de la Energía por vender en el mercado la producción de centrales del régimen especial que no son de su propiedad, algo que prohíbe la ley a los operadores principales del sector eléctrico y sus participadas. La denuncia, presentada por la asociación de comercializadores ACIE, será estudiada hoy por el regulador.

La Asociación de Comercializadores Independientes de Electricidad (ACIE) presentó el 22 de febrero una denuncia ante la Comisión Nacional de la Energía (CNE) contra Detisa, filial de Cepsa y Win to Market, subsidiaria de Gamesa, por incumplir uno de los preceptos del Real Decreto de 27 de marzo de 2004, que regula las instalaciones de producción en régimen especial (renovables, principalmente). Concretamente, por actuar en el mercado eléctrico como agente vendedor de la energía de centrales del régimen especial de las que no son titulares.

Dicha prohibición, según el citado real decreto al que apela ACIE, afecta 'a los operadores principales del sector eléctrico las cinco mayores compañías (..), así como las personas jurídicas participadas por alguno de ellos'. En este punto, esta asociación, en la que participan una decena de comercializadoras independientes de electricidad, como Nexus, Luseo (Centrica), RWE o Gas Natural, considera que Cepsa y Gamesa están afectadas por esta prohibición porque están participadas por Unión Fenosa (con un 5% del capital) e Iberdrola (un 19%), respectivamente.

En la denuncia, que el consejo de administración de la CNE estudiará en su reunión de hoy, ACIE recuerda que el precepto 'ha sido confirmado recientemente por una sentencia del tribunal Supremo'. Según esta asociación, 'como consecuencia de una serie de hechos puestos en conocimiento de la CNE, ésta abrió en marzo un expediente informativo para determinar el grado de cumplimiento y posibles infracciones por parte de dichos operadores principales'. Y en su opinión, 'existen bastantes evidencias de que dichos operadores están actuando como agentes vendedores de instalaciones del régimen especial de las que no son titulares'. En ACIE se quejan de la demora de la CNE en tomar una decisión.

El objetivo de la norma, aprobada en el último Consejo de Ministros del Gobierno del PP, era dejar un espacio a los pequeños operadores y evitar un posible abuso de posición dominante por parte de las eléctricas. Así, para ACIE, el incumplimiento de esta norma es muy grave 'porque reduce las posibilidades de negocio de los operadores no principales en el emergente negocio de intermediación de los productores en régimen especial en el mercado eléctrico'.

Un portavoz de Cepsa asegura que el pasado abril el regulador de la energía 'nos hizo un requerimiento de información'. En su respuesta, la petrolera informó a la CNE sobre las actividades de Detisa, filial que se encarga de la venta de la electricidad que cogeneran sus refinerías y plantas químicas en la península (194 MW), así como una parte de la producción 'de algunos parques eólicos de EHN', la filial de energías renovables de Acciona.

Además de informar sobre estas actividades, Cepsa argumentó en contra de la denuncia alegando que el 'real decreto establece que los operadores principales no podrán actuar por cuenta propia o ajena, pero sólo cuando entre en funcionamiento el Mibel'. Además, la participación que Fenosa (operador principal afectado) tiene en Cepsa es indirecta (a través de la sociedad de cartera Somaen) y tan sólo suma el 5%. En cuanto a Gamesa, que no ha hecho comentarios sobre la denuncia, en su capital participa Iberdrola con un 6% directo y un 12,9% indirecto, a través de la CorporaciónIBV.

LA LUZ DE ACCIONA

Cepsa ha reconocido que actúa en el mercado como agente vendedor de una parte de la producción (sin determinar) de EHN, filial de Acciona. Sólo esta venta puede ser contraria a la ley, pues el resto de la energía que vende es de plantas propias de cogeneración.

Un negocio reservado a los nuevos entrantes

La venta de la producción ajena de las plantas del régimen especial (fuertemente subvencionadas y con un trato preferente en el mercado mayorista) es un negocio que el legislador ha querido reservar para los operadores no principales, en los que ha confiado para fomentar la competencia. Así, el artículo 28 del Real Decreto de 27 de marzo del año pasado, que regula la producción en régimen especial, señala que 'el titular de una instalación podrá participar en el mercado directa o indirectamente, mediante un agente vendedor, que actuará como su representante'. Esta participación es posible 'tanto en la presentación de ofertas en el mercado de producción como en la firma de contratos bilaterales o en la negociación a plazo'.Además, un agente podrá hacer ofertas 'por el conjunto de las instalaciones que representa, agrupadas en una o varias unidades de ofertas (...)', indica el citado artículo que, al final, introduce algunas limitaciones para los operadores principales del sector eléctrico (las compañías con las cinco mayores cuotas de mercado). Dichos operadores, 'así como las personas jurídicas participadas por algunos de ellos', sólo podrán actuar como agentes vendedores 'en representación de las instalaciones de producción en régimen especial de las que sean titulares', pero no de las ajenas, concluye el artículo.

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