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CincoSentidos

Reducir la jornada por la familia permite elegir turno

La Audiencia Nacional reconoce el derecho de los trabajadores que reduzcan su jornada laboral por motivos familiares -cuidado de hijos menores, minusválidos o enfermos- a elegir el horario en el que van a prestar sus servicios 'en cualquiera de los turnos existentes en la empresa'.

El tribunal estima así la demanda sobre conflicto colectivo interpuesta por CC OO, UGT y USO contra Leroy Merlin, que obligó a un trabajador que pidió reducir su jornada 'a concretar un horario de mañana para las semanas en que la jornada se desarrolle en dicho turno y uno de tarde para las que se lleven a cabo durante ese periodo'.

La empresa instó a su empleado a 'la inclusión también para los domingos de apertura, al desarrollarse su jornada de trabajo de lunes a domingo según el contrato de trabajo y el convenio colectivo de la empresa'.

Leroy Merlin trató de impedir que el asunto fuera examinado por los tribunales al entender que no había conflicto colectivo, sino 'conflictos individuales' que habrían de analizar particularmente.

La sala de lo social de la Audiencia Nacional, sin embargo, estima que concurren los dos requisitos exigidos por el Tribunal Supremo para considerar el asunto como conflicto colectivo, es decir, la 'afectación de un grupo genérico de trabajadores' y la existencia de 'interés general'.

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