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Tribunales

El Tribunal Supremo de EE UU juzga la legalidad de las redes P2P

La sentencia del Tribunal Supremo no estará lista hasta mayo o junio, pero será definitiva para determinar si las redes que permiten el intercambio de archivos son legales o deben cerrarse por incitar a la violación de derechos de autor y causar graves daños a la industria del cine y la música.

Después de muchos años de demandas, la industria estadounidense del entretenimiento ha conseguido que el caso llegue hasta el Tribunal Supremo. Esta semana se han cerrado las vistas de una demanda que inició MGM, apoyada por 28 compañías más del mundo del cine y la música, contra el sistema de intercambio de archivos Gokster y Streamcast Networks, propietaria de Morpheus.

Los grandes conglomerados del entretenimiento acusan a estos servicios de causarles daños económicos por valor de miles de dólares al crear sistemas pensados intencionadamente para que la gente pueda intercambiar material copiado de manera ilegal.

En Estados Unidos se dice que este puede ser el caso más importante que pase por el Tribunal Supremo este año dada la gran relevancia social que ha adquirido. Las asociaciones de consumidores ya se han puesto en pie de guerra y han expresado sus quejas por lo que estiman un freno a las libertades.

Los defensores de las redes P2P, entre los que se han situado importantes empresas tecnológicas como Intel, alegan que estas redes no son nocivas en sí mismas, si no que depende del uso que se les dé. Y además insisten en que gracias a estas tecnologías se han generado grandes innovaciones como el reproductor iPod de Apple.

Una sentencia a favor de las corporaciones significará el fin de estos servicios, pero no está tan claro que la justicia falle en contra de los herederos de Napster. Hay que recordar, que al contrario de este antecesor del intercambio de archivos en internet, Morpheus, Gokster o Kazaa no usan servidores centrales donde almacenan los contenidos, sino que simplemente son programas que permiten intercambiar las canciones, fotos o películas que los propios usuarios tienen en sus ordenadores.

Por esta razón, el antecedente penal que más recuerda a este caso es el de 1984 cuando se juzgó a Sony y su primer grabador de vídeo Betamax. Entonces, el Tribunal Supremo dictaminó que no se podía culpar a Sony del uso fraudulento de sus productos.

La CEA, la asociación de consumidores de electrónica, ha estado repitiendo durante el juicio que la sentencia de Betamax representa la Carta Magna por la que se ha regido el negocio tecnológico y el principio que ha permitido la explosión de innovaciones de los últimos 20 años.

Otro de las argumentos más escuchados estos días es el de que cada vez existen más servicios legales, generadores de nuevas líneas de negocio incluso para las empresas demandantes, creados gracias a la popularización de estas tecnologías.

Pero para los gigantes del entretenimiento no hay ningún argumento que contradiga que estas empresas se han enriquecido a costa de ayudar a que los usuarios infrinjan las derechos de autor y sus copyrights.

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