Los hechos relevantes, bajo la lupa de la CNMV
Evitar omisiones importantes o abusos en la información al mercado es una de las tareas que se ha puesto Manuel Conthe. La CNMV ya ha adoptado un papel más activo a la hora de requerir información en casos como el BBVA-Sacyr, BBVA-BNL o al hilo de algunas informaciones periodísticas. Pero, paralelamente, trabaja en un texto que pueda incluir Economía en próximas modificaciones legales y que determine qué es un hecho relevante y qué no, así como qué debe incluir la información sobre estos hechos.
La Comisión buscará el mayor grado de detalle para clarificar las reglas del juego, pero la fórmula final estará relativamente abierta pues, señala, 'no se puede plantear hasta la última eventualidad'. Algo que entre en supuesto de hecho relevante sólo se comunicará por canales oficiales, mientras una información que no se considere como tal no podrá aprovechar estos canales. 'Por ejemplo, si una empresa está inmersa en un proceso judicial, lo relevante no es su opinión al respecto, sino el hecho', explican en la CNMV.
Hoy por hoy la decisión de si un hecho es relevante o no queda a discrecionalidad de las empresas. 'Se considerará información relevante aquella cuyo conocimiento pueda afectar a un inversor razonablemente para adquirir o transmitir valores y ... influir de forma sensible en su cotización', explica la Ley del Mercado de Valores.
La idea de concretar esta obligación no es nueva. Juan Fernández-Armesto, presidente de la CNMV entre 1996 y 2000, envió una carta circular en la que calificaba de relevante 'todo hecho o decisión que pueda modificar o haya modificado la rentabilidad o solvencia'. También detallaba la forma y el momento de publicar el hecho y ofrecía una amplia lista de ejemplos. Un trabajo similar al que ha iniciado la CNMV hoy y que puede servir de base. La Comisión, además, quiere acelerar la publicación de estos hechos. Actualmente la CNMV revisa las notas antes de ponerlas en internet. Pero, por ejemplo, en la operación de Santander y Abbey el regulador británico se adelantó a la CNMV y el mercado español se enteró tarde. Con la nueva legislación los hechos se comunicarán al público de inmediato y, después, la Comisión podrá pedir aclaraciones adicionales.
¿Qué información ha de comunicarse oficialmente?
Datos objetivosLa información que se publique en la CNMV debe ser de carácter cuantitativo, objetiva y basada en hechos o estimaciones, para así ser lo más neutral posible. La carta circular de la CNMV en la etapa de Juan Fernández-Armesto ya señalaba que 'la información no cuantificable sólo será relevante si pone de manifiesto posibles efectos en la rentabilidad o solvencia'.OpinionesLo que piense la empresa no es necesariamente relevante para el mercado si ello no afecta a las cuentas de la compañía o a decisiones de carácter estratégico. Este aspecto es relevante, principalmente, cuando la empresa está inmersa en procesos de arbitraje, juicios o similares, en los que debe informar sobre la existencia de estos procesos, y no defender su postura.PublicidadManuel conthe ya ha señalado que no se debe permitir que los reguladores mezclen de manera que pueda resultar engañosa la difusión de información relevante con la comercialización de las actividades. La CNMV ofrece una plataforma de comunicación inmejorable, pero ésta debe estar destinada a informar a la comunidad financiera, no a convencerla.Cambios de cifrasEn la carta circular enviada a las sociedades cotizadas en la época de Fernández-Armesto, se apunta que cualquier variación en los costes o los ingresos por aspectos como huelgas o interrupciones de actividad, acuerdos comerciales, concurrencia a concursos o entorno económico se considera un hecho relevante que debe ser detallado para la información del inversor.OperacionesLas opas, fusiones, emisiones de deuda o ampliaciones de capital y, en general los movimientos que afectan a la estructura de capital o accionarial de la empresa se consideran hecho relevante. Hoy por hoy las empresas ya informan de estos movimientos, pero la CNMV aspira, además, a que este tipo de información no se filtre antes por canales alternativos.
Alternativas a la página web de la comisión
En algunos países como el Reino Unido los hechos relevantes para el mercado no se comunican necesariamente y en primer lugar a través de la CNMV, sino que se permite se publiquen a través de proveedores de información generalmente aceptados, esto es, agencias de noticias que vayan a difundir la información de forma inmediata. Es un sistema que se está estudiando en el marco de las directivas europeas sobre el mercado de valores.
La paradoja de los anuncios confidenciales
Una posibilidad que abren las últimas modificaciones legales de la CNMV es la de que los hechos relevantes sean secretos. Una aparente paradoja cuando se está regulando la información pública. El proyecto de Real Decreto sobre abuso de mercado admite 'intereses legítimos', como negociaciones en curso o decisiones que requieren de aprobaciones futuras, que permiten retrasar la difusión al mercado de información que ya se ha aportado a la CNMV.