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CincoSentidos

Comienza el fin del secreto bancario

Sin información no hay tributación. Ahí radica el éxito de cuentas de españoles en territorios fronterizos como Elvas, que tienen los días contados. A principios de julio, empieza a desmantelarse ante el fisco el secreto bancario para los europeos no residentes, residentes en otros territorios de la Unión Europea y también de terceros países. Es el primer golpe que se da al anonimato de cuentas corrientes que comenzó a generalizarse después de la Segunda Guerra Mundial.

'La Directiva de la Tributación del Ahorro supone un salto cualitativo fundamental hacia la progresiva eliminación de la competencia desleal entre entidades financieras occidentales', asegura Eduardo Gracia, socio del despacho de abogados Ashurst.

Los países de la Unión Europea intercambiarán información sobre los intereses cobrados por residentes fiscales de otros estados miembros. Y para evitar que ello suponga la deslocalización del ahorro, fuera del ámbito europeo, han tratado de llegar a acuerdos con Suiza y los principales paraísos fiscales, que podrán beneficiarse de esta importante innovación.

La normativa comunitaria pretende controlar la evasión fiscal de los ciudadanos de la UE que tengan fondos depositados en cuentas corrientes, títulos de deuda, y fondos de inversión de renta fija. Tres Estados miembros (Austria, Bélgica y Luxemburgo) mantendrán en secreto la identidad de los ahorradores, salvo identificación voluntaria, pero se comprometerán a aplicar una retención disuasoria del 15% de los intereses pagados a las personas físicas durante los tres primeros años, del 20% a partir de 2008 y del 35% desde 2011. Esta misma retención aplicará también Suiza, Andorra, Mónaco, San Marino y Liechtenstein y algunos territorios del Caribe.

Antes de 2011, Suiza y los países que mantienen el secreto bancario de sus clientes quieren que se negocien acuerdos con Singapur y algunos otros territorios para evitar que se desplace allí el dinero con opacidad fiscal.

La Directiva del Ahorro sólo obliga al pequeño ahorrador, es decir, a las personas físicas pero no a las jurídicas, ya que se considera que tienen más controles legales y tributarios.

Desde el próximo verano las cuentas corrientes abiertas en la vecina Portugal o Francia dejarán de ser anónimas para la Agencia Tributaria Española.

En cuanto a los acuerdos de intercambio de información, Bélgica, Austria y Luxemburgo se comprometen a inspecciones conjuntas, a dar información en 90 días y a depositar cuentas en registros mercantiles tras la firma del acuerdo sobre la materia con la OCDE.

Sin embargo, para que Suiza, Andorra, Mónaco, San Marino o Liechtenstein faciliten documentación de sus cuentas, los titulares tienen que haber cometido delito conforme a las leyes de esos países, conocido como principio de doble incriminación.

Existen algunas sombras sobre el tema. 'Así, por ejemplo, saber si un ahorrador con cuenta en Andorra puede aprovechar el mecanismo de retención fiscal para regularizar siquiera parcialmente su situación tributaria en España', comenta un fiscalista.

Desde uno de los grandes bancos españoles se asegura que 'hay más voluntad política que real de conseguir la armonización fiscal'. Añaden que 'es un camino sin retorno y que favorece el fin de la competencial desleal financiera'.

Una de las consecuencias de esta nueva directiva puede ser la disminución de cuentas corrientes de grandes fortunas hispanoamericanas, que residen en la Unión Europea.

Pero a río revuelto ganancia de pescadores. La entrada en vigor de la Directiva del Ahorro ha hecho florecer numerosos productos financieros que se la bordean. Estas alternativas las ofertan ya banqueros poco escrupulosos de territorios de ultramar que han hecho como pieza central de sus negocios la elusión fiscal y la opacidad de sus clientes.

Dificultades prácticas por ser novatos

Los primeros pasos El intercambio de información entre las entidades financieras de los diferentes países de la Unión Europea se enfrentará a los problemas típicos de rodaje. 'El grado de modernización de la banca española es muy superior a la de otros estados. Está más acostumbrada y preparada que la de otros países en todo lo relacionado con las obligaciones de información, por lo que asume el cambio con escasas dificultades operativas; en otros países la situación de partida es peor y obligará a un esfuerzo organizativo mayor', comentan fuentes de la AEB.Los mayores problemas corresponderán a la grafía de los nombres. ¿Cómo escribirá un empleado de la banca griega un nombre finlandés o cómo redactará un inglés un apellido vasco?

Amnistía fiscal o repatriación de capitales

Países vecinos Ante el panorama del fin de la opacidad de las cuentas, algunos países han fomentado la repatriación de capitales con amnistías fiscales. Alemania, Francia e Italia ya han realizado, una o varias amnistías con diversos grados de éxito. Estos países han favorecido el retorno del dinero localizado fuera de sus fronteras aplicando a su entrada unos tipos impositivos entre el 1% y el 7%. El Gobierno español actual lo ha estudiado pero de momento lo ha descartado. La última amnistía fiscal se realizó con José Borrell como responsable de Hacienda, en la anterior etapa de gobiernos socialistas y tuvo un elevado coste político. Ahora las arcas del Estado español están llenas lo que no favorece la toma de esta decisión que beneficiaría a las rentas más altas.

Los países compartirán la recaudación de los intereses

Por primera vez La entrada en vigor de la Directiva del Ahorro supondrá un hito en la fiscalidad internacional, ya que por primera vez las administraciones tributarias europeas compartirán las retenciones aplicadas a los ahorradores. Así, por ejemplo, Suiza, Bélgica, Austria, Luxemburgo, Andorra... entregarán a España el 75% de las retenciones aplicadas a españoles con cuentas en abiertas en alguno de estos países. Podrá evitarse la retención si el ahorrador opta porque se entregue información sobre los intereses percibidos a la administración fiscal de su país de origen.La catalogación de intereses suscita algunas dudas. Así, por ejemplo obligará a una catalogación de los fondos de inversión por su cartera y sólo estarán sujetos los de renta fija.

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