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Normativa

Luces y sombras en la ley de capital riesgo

El Consejo de Ministros aprobará el próximo día 11 el anteproyecto de ley reguladora de las entidades de capital riesgo, cuyo borrador puede consultarse desde el martes. Expertos del sector valoran positivamente la agilidad administrativa con la que se dota a las firmas, pero critican aspectos fiscales.

Este año será el mejor ejercicio en la historia del capital riesgo en España por volumen de inversión. Sólo la operación Amadeus elevará la inversión del sector por encima del doble de lo que alcanzó en 2004, cerca de 2.000 millones. A esta operación habrá que sumar otras y la inversión alcanzaría un nivel desconocido en Europa si llegara a fraguar la toma por parte del capital riesgo de la operadora Auna.

En este exuberante contexto el Gobierno aprobará previsiblemente en el primer semestre la nueva ley de capital riesgo. El Consejo de Ministros aprobará el día 11 el anteproyecto de ley cuyo borrador puede consultarse desde el martes.

En general el texto presentado ha sido bien acogido por el sector -contando con que el tiempo para analizarlo en detalle ha sido escaso- aunque se ha criticado que ciertos operadores no hayan sido consultados, tampoco Ascri, la principal asociación del sector.

'La principal mejora es la simplificación en el régimen de la tramitación administrativa, pues pasa a depender la autorización de las sociedades, fondos y gestoras de capital riesgo de la CNMV', comenta María Gracia Rubio, de Baker & Mckenzie. Hasta ahora, se presentaba en la CNMV pero la luz verde la daba Tesoro.

Rafael Mínguez y Jesús Mardomingo, socios de Cuatrecasas destacan que es 'un paso adelante porque flexibiliza el régimen de inversiones y favorece el acceso de inversores privados e institucionales'. Otra novedad significativa es que en el régimen simplificado permite participar directamente a inversores a partir de 500.000 euros siempre que no superen los 20 inversores.

Críticas al trato fiscal

El punto más polémico es que 'se niega la exención a las entidades de régimen simplificado cuando los socios de la entidad de capital riesgo estén vinculados a las empresas participadas', señala Rodrigo Ogea, socio de Baker & Mckenzie. 'En la práctica quitaría atractivo a las sociedades simplificadas', añade.

Otra sombra fiscal es que se penaliza la forma típica de venta de la sociedad de capital riesgo, que es al principal accionista, a varios o a la misma sociedad. José Ángel Sarasa , consejero delegado de Baring, comenta que 'para disfrutar de ventajas fiscales no te la puede comprar ni el inversor, ni tampoco sus socios'. Confía Sarasa en que se solucione en el trámite parlamentario. 'Es un problema gravísima porque el mercado español no es muy activo en Bolsa.'

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