El Supremo anula la multa impuesta a Altadis por abuso de posición dominante
El Tribunal Supremo ha inclinado la balanza a favor de Altadis en el pleito por las prácticas comerciales de los cigarros Farias. El tribunal ha anulado la multa impuesta a la tabacalera en 1999 por el Tribunal de Defensa de la Competencia, al entender que no se ha probado que vendiera puros a pérdida.
Casi 12 años después de que comenzara el litigio, el Tribunal Supremo ha dado la razón a Altadis. Desde que en 1993 la compañía, entonces Tabacalera, fuera denunciada ante el Servicio de Defensa de la Competencia por supuestamente vender cigarros Farias por debajo del precio de producción, el proceso jurídico y administrativo ha sido largo. Ahora , el Supremo ha anulado la multa de 130 millones de pesetas (781.000 euros) impuesta al grupo en 1999 por prácticas de abuso de posición dominante.
Tras presentar recursos ante distintas instancias y recibir resoluciones contrarias, Altadis acudió finalmente al Tribunal Supremo. El alto tribunal entiende que la entidad denunciante, Compañía Canariense de Tabacos, que comercializa las marcas Don Julián, Reig y Dannemann Moods, no ha podido probar que Altadis vendiera los puros a pérdida y tampoco que hubiera intención de eliminar a los competidores del grupo.
En 1999, la resolución del Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) reconocía probado que Tabacalera, (ahora Altadis, tras la fusión con Seita), dado su poder de mercado, vendió entre los años 1990 a 1993 algunos tipos de cigarros Farias a un precio inferior al de su coste de producción y comercialización, con lo que incurrió en 'una práctica deposición dominante prohibida por el artículo 6 de Defensa de la Competencia'.
Consideraba que Tabacalera llevó a cabo estas prácticas para 'hacer más difícil la implantación en el mercado de los potenciales competidores, sin asumir graves riesgos'. Según Competencia, las pérdidas generadas con la venta de puros podían compensarse con los beneficios de otras actividades en las que la competencia era menor o inexistente.
Recurso de casación
En consecuencia, el TDC acordaba exigir a la empresa presidida en la actualidad por Pablo Isla, que cesara de realizar tales prácticas y le imponía la multa 781.000 euros. Esta resolución del TDC fue confirmada por la Audiencia Nacional dos años después, en noviembre de 2001.
Altadis presentó entonces un recurso de casación ante el Tribunal Supremo contra la sentencia de la Audiencia Nacional. La sala de lo Contencioso Administrativo del tribunal ha estimado este recurso, ha anulado la resolución del TDC y, en consecuencia, ha levantado la sanción impuesta a la empresa tabacalera.
En su sentencia, el Tribunal Supremo establece que la resolución del TDC no es conforme a derecho y establece que 'ha de llegarse a la conclusión que en la conducta de Tabacalera no concurren las características de los precios predatorios'. Esta práctica consiste en que una empresa, aprovechando su posición dominante en el mercado, cobra precios que no cubren el coste de producción, y por lo tanto generan pérdidas, con lo que pueden llegar a excluir sus rivales, que se verían forzados a dejar la industria.
Otros frentes judiciales abiertos de la tabacalera
La sentencia del Supremo no acaba con los procesos judiciales de la tabacalera. Uno de los frentes más extensos es el que mantiene McLane contra la compañía. La distribuidora insiste en distribuir a los estancos las marcas de Altadis (como Ducados, Fortuna o Nobel), pero ésta se niega argumentando que no reúne las condiciones idóneas.La situación está pendiente de resolución. El proceso se remonta a 1996, cuando McLane denunció a Tabacalera ante el Servicio de Defensa de la Competencia por la negativa de ésta a suministrarle parte de sus productos. Tras esa denuncia, McLane ha planteado dos más ante el Servicio, la última en 2004. Si bien el Tribunal de Defensa de la Competencia y la Audiencia Nacional han fallado a favor de McLane en alguna ocasión, queda el recurso de Altadis ante el Supremo en el que se plantea la cuestión de fondo sobre el mercado del tabaco. Altadis considera que al no tener ya posición de dominio (pelea por el liderazgo con Philip Morris), no tiene obligación de ceder sus marcas.