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Gonzalo Azcoitia

'Nos preocupa la regulación de las inversiones alternativas'

Desde que en 1994 Merrill Lynch Investment Managers apostara por el mercado español, el sector ha vivido una importante transformación, incorporando conceptos como multigestión o arquitectura guiada. Gonzalo Azcoitia, director general de la gestora para España y Portugal, explica este proceso y los aspectos legislativos que preocupan a la industria. De 45 años, es licenciado en Económicas por la Universidad Complutense de Madrid.

Pregunta ¿Cuál es su estrategia de negocio?

Respuesta Buscamos el establecimiento de relaciones a largo plazo con un número no elevado de clientes institucionales, a los que damos soluciones a medida; nos adaptamos a sus demandas de forma que ambas partes ganen de la colaboración.

P. ¿De qué recursos disponen?

R. Nuestro equipo de cerca de 600 profesionales entre gestores y analistas gestiona globalmente más de 488.000 millones de dólares. Esto sólo se logra teniendo una gama completa y aportando valor.

P. ¿Y en producto?

R. El cliente institucional define la asignación de activos según sus expectativas de mercado, y nosotros aportamos fondos puros (true to label), de forma que cumplan su objetivo de rentabilidad.

P. ¿Venden directamente a particulares?

R. Nos centramos exclusivamente en el cliente institucional. De los 1.500 millones de dólares que representa nuestro negocio en España, el 70% es inversión directa en nuestras Sicav de las posiciones propias de cajas y bancos, fondos de fondos y fondos de pensiones. El resto son ventas a través de acuerdos con terceros, supermercados de fondos y carteras segregadas (subgestión de algún fondo español que delega la gestión internacional en MLIM, previa autorización de la CNMV).

P. ¿Qué evolución prevé para la industria de fondos de inversión?

R. Soy optimista: mejorará el conocimiento de los inversores, y continuará la tendencia a complementar y enriquecer las gamas con el uso de fondos de gestoras internacionales. Pero nos preocupa la repercusión de aspectos legislativos como la parte del reglamento de fondos referente a la inversión alternativa, o la parte del reglamento de pensiones que establece comisiones máximas a cobrar por los fondos de pensiones. El principio de protección al partícipe es bueno, pero quizá no sea bueno cerrarle, de hecho, la puerta a determinado tipo de activos.

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