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Ahorro

Cómo formalizar una reclamación

La contratación de productos y servicios financieros no siempre responde a las expectativas del usuario. Bien por parte del cliente bien por la de la sucursal, lo cierto es que no todas las operaciones logran la conformidad del usuario. Cuando la respuesta no es la esperada, éste puede optar por presentar una reclamación ante una serie de organismos que conforman el sistema de protección al cliente de servicios bancarios.

El procedimiento es sencillo. El primer paso de la reclamación exige dirigirse al servicio de atención al cliente de la entidad en cuestión y presentar una queja formal a través de varias vías (internet, teléfono o escrito). La entrada de esta reclamación puede realizarse en cualquier sucursal del banco o caja.

Según el Banco de España, este servicio es de obligada existencia en cada entidad y éste debe adoptar libremente sus decisiones, 'que serán vinculantes para la entidad'. Este departamento dispone de un periodo de dos meses para pronunciarse sobre la reclamación. No es la única opción que tiene el cliente. Algunas entidades financieras cuentan con un Defensor del Cliente, cuya existencia no es obligatoria y que es complementaria al servicio de atención al cliente. Esta figura se constituye como un órgano externo de la entidad.

BBVA, el Santander y una agrupación de varias cajas catalanas, entre otros, cuentan con estos defensores. 'Cualquier reclamación debe presentarse ante una de estas dos figuras como paso previo e ineludible a acudir posteriormente ante el Comisionado o el Servicio de Reclamaciones. De este modo, la entidad tiene la opción de conocer el asunto de primera mano', señalan desde el Banco de España.

Si tras el veredicto el cliente no está satisfecho con la respuesta lograda o bien la entidad no se ha pronunciado, el usuario tiene otra opción.

El Servicio de Reclamaciones del Banco de España, que tras la normativa aprobada en julio se convertirá en Comisionado, es el organismo al que el cliente podrá dirigirse en última instancia. Este servicio será una especie de ventanilla única a la que el cliente puede dirigirse sea cual sea el ámbito de su reclamación. Aunque aún no están nombrados, existen tres comisionados, adscritos al Banco de España, la CNMV y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, cuya finalidad es proteger los derechos del usuario de servicios financieros en el ámbito respectivo.

Con la reclamación cursada de la entidad contra la que se presenta la queja, el cliente puede dirigirse a este organismo y en un plazo de tres meses, éste presentará su resolución. Esta información no es vinculante para las partes, aunque en el 80% de los casos la entidad como el reclamante se suele avenir a la solución, según este organismo.

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