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Contabilidad

Cartera industrial y negocio típico tendrán igual beneficio contable

Las entidades financieras contabilizarán, a partir de 2005, los resultados de su cartera industrial de la misma manera que los beneficios obtenidos con el negocio típico bancario, ya que así lo impone la nueva Circular contable emitida por el Banco de España. Este es uno de los principales cambios que se producirá en la presentación de resultados de los bancos, que con la implantación de la nueva normativa, serán más exhaustivas e incluirán de forma detallada aspectos como la actividad de seguros o las pérdidas por deterioro de activos.

En concreto, los beneficios o pérdidas que aporten las participadas se apuntarán en la cuenta de resultados junto a los ingresos por comisiones, a la actividad de seguros, a los resultados de operaciones financieras y a las diferencias de cambio. Todas estas partidas se sumarán al margen de intermediación para obtener el margen ordinario. Dentro de ellas, aparecen como novedad los resultados de la cartera industrial y los de la actividad de seguros, que hasta ahora se contabilizaban en otros apartados en la parte más baja de la cuenta. También es novedad la obligatoriedad de detallar las diferencias de tipo de cambio.

Según el nuevo modelo de presentación de resultados, las entidades financieras también tendrán que incluir nuevas partidas para calcular el margen de explotación. Entre las novedades, aparece la imposición de detallar las ventas e ingresos por prestación de servicios no financieros, así como los costes de ventas que se unirán a otros gastos.

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