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Sentencia

Las multas recurridas tienen el derecho a los descuentos

El Tribunal Supremo ha resuelto que un conductor sancionado puede recurrir la multa y beneficiarse de las bonificaciones, si la paga antes de dictarse resolución del expediente sancionador, momento que se produce cuando se resuelve el último recurso administrativo posible.

Así, el Tribunal Supremo ha dado la razón a Automovilistas Europeos Asociados (AEA) y ha declarado nulo de pleno derecho un apartado del Reglamento del procedimiento sancionador de tráfico de 2003 en el que los conductores infractores que pagaran la multa en el acto podían beneficiarse de un descuento del 30%, y no tenían posibilidad de tener descuentos si se recurría.

El presidente de AEA, Mario Arnaldo, explicó ayer a Europa Press que la ley de enero de 2002 'permitía compatibilizar beneficiarse de descuentos y recurrir la multa', mientras que el reglamento de procedimiento sancionador en materia de tráfico por el Real Decreto 318/2003, de 14 de marzo, 'cercenaba ilegalmente el derecho de los automovilistas de poder simultanear el pago con descuento de las multas con su libre derecho a recurrirlas en caso de no estar conforme con ellas'.

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