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Juicio

Tele2 gana a Telefónica el pulso por el conflicto de la publicidad comparativa

La Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado íntegramente la demanda que Telefónica de España interpuso en el año 2001 contra una campaña de publicidad comparativa de Tele2, en la que pedía indemnizaciones.

La sentencia absuelve a Tele2 de las 'pretensiones formuladas en su contra' y obliga a Telefónica de España al pago de las costas.

La sentencia indica que la publicidad comparativa de Tele2 está admitida en el ordenamiento jurídico y asegura que Telefónica no ha demostrado 'los efectos negativos que, según ella, le ha causado la emisión de dicha publicidad, por lo que difícilmente se puede reparar un efecto que no ha sido causado'. En este contexto, el anuncio 'no puede considerarse un acto de competencia desleal', ya que no proporciona 'informaciones engañosas, incorrectas ni falsas, sino que, por el contrario el anuncio es claro, correcto y proporciona una información veraz'.

Esta sentencia se produce después de que un juzgado de primera instancia diera parcialmente la razón a Telefónica en julio de 2002.

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