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Juicio

Ramondín y Daewoo deberán devolver ayudas de 14 millones al fisco alavés

Daewoo y Ramondín deberán devolver diversas ayudas de la Hacienda alavesa consideradas incompatibles con el reglamento comunitario y calificadas como ayudas de Estado. El Tribunal de Luxemburgo, en sentencia inapelable que se hará pública hoy, da la razón a la Comisión Europea y exige a Daewoo y Ramondín que devuelvan en conjunto 14,4 millones de euros.

En sus dos fallos, la Sala Décima del Tribunal de Luxemburgo coincide en señalar que ambas empresas se beneficiaron de un crédito fiscal del 45% para inversiones superiores a los 15 millones de euros. Este apoyo tributario fue habilitado por la Diputación Foral de Álava, una política que posteriormente se extendió a las otras dos haciendas forales (Vizcaya y Guipúzcoa).

Los incentivos estuvieron operativos entre 1995 y 2000, año en que fueron retirados ante las dudas sobre su ajuste al derecho comunitario.

Además del apoyo a la inversión, incluían además unas minivacaciones fiscales, lo que suponía durante cuatro ejercicios una reducción del impuesto de sociedades en un 99%, un 75%, un 50% y en un 25% el último año. De esta última medida sólo se benefició Ramondín.

El Tribunal de las Comunidades Europeas rechaza los argumentos de las empresas, del Gobierno vasco y de la Hacienda Foral de Álava y considera que estos apoyos fiscales otorgados en 1996 y 1997 vulneran el reglamento comunitario. Tanto Daewoo como Ramondín alegaron para evitar ser culpadas, entre otras cuestiones, una 'confianza legítima en las normas', argumento rechazado por el Tribunal.

Incentivos ilegales

Este dictamen avala las tesis mantenidas por la Comisión Europea que en 1999 declaró ilegales estos incentivos fiscales. Considera igualmente probadas las ayudas de Estado porque se produce, en el caso de Daewoo, una selección 'regional, sectorial y material'.

El denominado caso Ramondín Cápsulas fue alentado por la Comunidad Autónoma de La Rioja que vio en 1997 como una de sus empresas emblemáticas, Ramondín, cruzaba el Ebro para instalarse en Laguardia (Álava) con el objetivo de aprovechar las ayudas fiscales concedidas por la Hacienda alavesa.

La Rioja solicitó el amparo de la Comisión Europea y alegó que los incentivos tributarios debían considerarse como ayudas de Estado. Ramondín, que se benefició tanto de las ayudas a la inversión como de las minivacaciones fiscales, deberá devolver 10,5 millones de euros. La firma alavesa se dedica a la fabricación de cápsulas para las botellas de vino y es una de las empresas de referencia a nivel mundial.

El procedimiento abierto contra Daewoo fue instado por la Asociación de Nacional de Fabricantes de Electrodomésticos de Línea Blanca (Anfel), con sede en Madrid, y el Consejo Europeo de la Construcción de Aparatos Domésticos (Cedec), radicado en Bruselas.

A este coro que denunció a la multinacional coreana al considerar que no competía en igualdad de condiciones al recibir un trato fiscal favorable, se sumó la Comisión Europea. Daewoo, que en su planta de Vitoria fabrica frigoríficos, deberá devolver casi cuatro millones de euros.

Una resolución que puede truncar la autonomía fiscal vasca

El dictamen del Tribunal de las Comunidades Europeas tiene calado. La corte de Luxemburgo tiene en cartera la resolución de un procedimiento general contra las normas forales activadas por las tres diputaciones vascas (Álava, Guipúzcoa y Vizcaya) cuyas ventajas fiscales, consideradas en el caso de Ramondín y Daewoo como ayudas de Estado, se han aplicado otras empresas que realizaron, entre 1995 y 2000, importantes inversiones.La patronal vasca Confebask, junto con las diputaciones forales, ha presentado una batería de recursos con el objetivo de que el Tribunal de Luxemburgo no se atenga a los criterios de la Comisión Europea que solicitaba que todas los incentivos tributarios otorgados a las empresas radicadas en Euskadi en materia de créditos fiscales a la inversión y la deducción en los pagos del impuesto de sociedades (minivacaciones fiscales), se estipularan como ayudas de Estado.

Seguridad Jurídica

Las dos empresas sancionadas tendrán que iniciar negociaciones para que sus intereses no se vean lesionados porque consideran que, en teoría, actuaban con total seguridad jurídica para aplicarse los incentivos tributarios para sus inversiones

Pactos para fijar las fechas de los pagos

La sentencia del Tribunal de las Comunidades Europeas abre la puerta para que Ramondín y Daewoo tengan que iniciar un periodo de negociaciones con la Hacienda Foral de Álava para fijar un calendario de pagos que le permitan devolver los incentivos recibidos y considerados por la Comisión Europea y el Alto Tribunal comunitario como ayudas de Estado. Expertos fiscales consultados por este periódico aseguran que la Hacienda alavesa ha intentado argumentar ante las autoridades comunitarias la buena fe de las dos compañías porque tenían 'confianza legítima en las normas forales'. Sin embargo añaden que la resolución se debe cumplir y que se deberán buscar vías de consenso con la Comisión Europea para que las empresas no vean dañados sus intereses cuando, en teoría, actuaban bajo total seguridad jurídica. La Comisión y el Tribunal de Luxemburgo desmontan estas tesis cuando afirman que la aplicación de esta norma de incentivos tributarios no fue consultada con las autoridades de Bruselas con el objetivo de conseguir su beneplácito para ponerlas en marcha.

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