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Sanción

Competencia multa con un millón de euros a cuatro farmacéuticas por fijación de precios

El Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) ha multado a cuatro empresas pertenecientes al sector de radiofármacos -Nucliber, Amersham Health, Tyco Healthcare Spain y Schering España- con un millón de euros (250.000 euros para cada compañía) por incurrir en una práctica prohibida por el artículo uno de la Ley de Defensa de la Competencia consistente en fijación de precios.

La resolución del TDC señala que las cuatro empresas se pusieron de acuerdo para fijar los precios en las ofertas de suministro de determinados productos para dos concursos convocados por el hospital Gregorio Marañón de Madrid en 2001.

Acuerdo colectivo

El hospital Gregorio Marañón denunció ante el Servicio de Defensa de la Competencia estas prácticas en enero de 2002, acusando a las compañías de alcanzar 'un acuerdo colectivo para la fijación indirecta de precios' y de mantener 'un abuso de posición dominante materializada en la fijación directa de precios no equitativos'.

En su denuncia, el hospital argumentaba que los niveles de precios de las cuatro empresas que se presentaron al concurso 'fueron idénticos o similares', y destacaba asimismo que hubo un incremento similar en los precios de varios productos respecto al de licitación, con un intervalo de entre el 50% y el 60% en la mayoría de los casos. Se daba la circunstancia, además, de que en los concursos de años anteriores los precios ofertados habían sido iguales o inferiores al precio de licitación.

Tras el estudio del expediente, el TDC ha resuelto que, efectivamente, se produjeron ofertas para una serie de productos cuyos precios eran idénticos o similares y que hubo un incremento similar en los precios de suministro en relación con los de licitación.

El organismo que preside Gonzalo Solana destaca que esta similitud de comportamiento de las empresas no puede explicarse por la casualidad, sino que 'la única explicación racional es que conocieran de forma precisa los precios de las demás y su voluntad deliberada de ofertar por encima de la licitación con objeto de forzar al hospital a aumentar los precios de licitación'.

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