El Ejecutivo obliga a diversificar los suministros de gas
El vacío legal sobre las reservas de seguridad de gas ha tocado a su fin tras la entrada en vigor del decreto aprobado el pasado 23 de julio sobre Existencias Mínimas y Diversificación del Suministro de Gas Natural y Productos Petrolíferos. La norma, publicada ayer en el BOE, obliga a los grupos energéticos que operen en España a diversificar las fuentes de aprovisionamiento de gas natural, limitando al 60% del total el gas que puede importarse de un mismo país, así como a almacenar el equivalente a 35 días de sus ventas firmes para evitar el riesgo de desabastecimiento, como adelantó Cinco Días el 11 de agosto.
Este decreto afecta a unas 15 empresas del sector energético; Enagás, como transportista que suministra gas al mercado regulado, y todas las comercializadoras del mercado libre (grandes petroleras y eléctricas sobre todo).
Las empresas no podrán abastecerse en más del 60% de un sólo país, aunque si una compañía quiere hacer un nuevo contrato con un país por encima de ese 60% podrá pedir permiso al Ministerio de Industria, que podrá autorizarlo si el citado país de origen no supera el 60% del suministro en el conjunto del mercado español. Este matiz ha levantado las críticas de Unión Fenosa, que considera que este 60% es elevado y puede suponer un riesgo. No obstante, Enagás no tiene que cumplir este límite porque está obligada a utilizar el gas argelino según la ley de 23 de junio de 2000.
Por su parte, las reservas -que serán de 90 y 20 días para el petróleo y el gas butano- deberán almacenarse 'en lugar y modo que puedan asegurar el suministro durante 60 días a los consumidores firmes en condiciones meteorológicas medias', según el decreto.