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CincoSentidos

Viajar con las señas de la embajada

Olvídese de lo que ha visto en las películas. Un consulado o una embajada jamás hará por usted lo que un miembro de su familia, un amigo de confianza o un buen seguro de viajes. No acudirá en su ayuda ante cualquier tipo de incidencia ni solventará todos sus problemas, pero en determinadas circunstancias puede prestarle una valiosa ayuda que es conveniente conocer.

Llevar la dirección de la representación diplomática de España -sea la embajada o el consulado correspondiente- es una precaución que el Ministerio de Asuntos Exteriores aconseja a todo español que se dispone a viajar al extranjero. En caso de que España no disponga de representación en el país de destino y se halle usted en una situación grave podrá solicitar protección consular a una embajada o consulado de cualquier país de la Unión Europea.

El primer servicio que puede prestar el Gobierno fuera de las fronteras es proporcionarle un pasaporte o un salvoconducto para regresar a España en caso de que haya perdido -o le hayan robado- la documentación. Además, la representación diplomática de España podrá informarle sobre médicos, hospitales, intérpretes, empresas o abogados en el país en el que se encuentre.

El consulado puede proporcionar una lista de abogados, pero no recomendar alguno

En caso de sufrir una enfermedad grave o un accidente -explican fuentes del Ministerio de Asuntos Exteriores-, el consulado le prestará 'toda la ayuda y asistencia que permitan las circunstancias'. Esa ayuda no incluirá en ningún caso sufragar los gastos de hospital o proporcionarle un trato sanitario mejor que el que disfrutan los nacionales del país. Pero sí ayudarle a contactar con su familia, empresa, compañía de seguros o entidad bancaria en España para que pueda recibir apoyo y ayuda económica.

En situaciones de extrema necesidad que hagan indispensable el regreso a España, el Gobierno podrá adelantar el dinero necesario para la repatriación si usted o su familia no disponen de medios económicos. Según explican en Exteriores, se trata de circunstancias absolutamente excepcionales en las que el gasto se cubre con fondos del Tesoro público que es obligatorio reintegrar.

Fuera de esas situaciones, es importante recordar que un consulado o una embajada jamás le prestará dinero o le proporcionará un aval. Tampoco le ayudará a encontrar un hotel adecuado donde pasar las vacaciones, le buscará trabajo o le proporcionará un intérprete o un guía turístico que le explique los secretos de la capilla Sixtina o la pirámide de Micerinos.

En el extremo opuesto, si es usted detenido o encarcelado, el consulado le entregará una lista de abogados, aunque no podrá recomendarle ninguno. También podrá notificar a su familia o amigos las circunstancias de su detención, visitarle periódicamente en prisión, entregarle correspondencia, ayudarle a transferir fondos, dotarle de una ayuda de hasta 100 euros mensuales si no dispone de medios que le permitan subsistir en prisión e incluso facilitarle lectura para matar el tiempo.

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