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Deuda

Economía desbloquea el mercado de deuda privada

El mercado de bonos empresariales español podrá volver a moverse después de que el Gobierno haya acabado con la falta de desarrollo reglamentario de la Ley de Blanqueo de dinero, un vacío legal que ha paralizado la mayor parte de las emisiones públicas durante un año.

El sector de la banca de inversión tuvo que esperar al último Consejo de Ministros del curso político para que se despejase la incertidumbre legislativa sobre los aspectos fiscales de las emisiones de bonos. Esta incertidumbre paralizó durante el último año las emisiones públicas por parte de las grandes empresas españolas. Se trataba de la falta de desarrollo reglamentario de la Ley de Blanqueo de Dinero de julio de 2003.

'Al aprobarse el real decreto se ha eliminado un elemento disuasorio para el mercado. Prevemos que los meses de septiembre, octubre y noviembre sean prolíficos en emisiones de deuda, pues hay empresas que han hecho inversiones este año y que estarán dispuestas a ir al mercado', explica Ignacio Moreno, de Barclays Capital.

Según la ley de 2003, los emisores de deuda deben informar a la Agencia Tributaria sobre la residencia fiscal de los tenedores de los bonos de cara a efectuar o no retención. Reglamentariamente se establecerían los mecanismos para ello, pero el retraso en la aprobación del reglamento provocó que el sector no supiese cómo cumplir esta obligación. Así, empresas como Iberdrola o NH Hoteles optaron por colocaciones privadas de bonos en lugar de emisiones al público, y otras compañías financiaron operaciones con créditos sindicados. Más que por miedo a la intervención de Hacienda, lo hicieron por las esperadas reticencias del mercado ante una deuda de fiscalidad dudosa.

Según el real decreto aprobado el viernes, se establece un sistema idéntico al que se utiliza en el mercado de deuda pública. En la compraventa de bonos del Tesoro, los participantes han de remitir a la agencia de compensación y liquidación el listado en el que se acredita la residencia fiscal de los clientes, construida a partir de las acreditaciones de cada cual. La agencia remite este listado a la entidad encargada de los pagos y ésta al Tesoro. En colocaciones de deuda privada el papel del Tesoro lo ocuparán los emisores, que en función de este listado efectuarán o no retenciones a cuenta del inversor.

Estas condiciones, en cualquier caso, afectan sólo a las empresas que emiten deuda a través de filiales instrumentales, como es el caso de Repsol, Telefónica o Endesa. No afecta a las empresas que venden bonos directamente, y ello ha posibilitado operaciones como la colocación de 450 millones de Abertis en enero.

En todo caso, el desbloqueo facilitará la salida de nuevo papel al mercado, pues el procedimiento establecido para hacer las retenciones ya está aceptado por la industria.

Normativa. Una ley con efectos secundarios

La Ley de Blanqueo de Capitales se redactó con el ánimo de atraer a España las emisiones de participaciones preferentes hechas por las grandes entidades financieras, emisiones que hasta el momento se domiciliaban en paraísos fiscales.La norma incluyó también a las entidades instrumentales filiales de grandes grupos que sirven sólo para emitir bonos.La incertidumbre bloqueó durante un año buena parte de las emisiones al público, pues existían dudas sobre la información fiscal que los emisores debían facilitar a la Agencia Tributaria acerca de los tenedores de los bonos.

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