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Reglamento

Comisiones máximas de gestión en el 1% y el 2,25%

El borrador del Reglamento de Fondos de Inversión fija los topes de comisión que las gestoras podrán cargar a los inversores. En el folleto de cada fondo deberán especificarse, asimismo, las comisiones por gestión, depositario y las que aplicarán a los partícipes en caso de compra o venta de una institución de inversión colectiva.

De este modo, y por norma general, si la comisión de gestión se calcula sólo en función del patrimonio su máximo es el 2,25%, un porcentaje que hoy por hoy ya aplican algunos productos. Si las comisiones se han fijado en función del éxito del fondo, el máximo se establece en el 18% los resultados. En el caso de que se combinen ambas variables, el coste máximo por gestión es del 1,35% del patrimonio y del 9% sobre resultados.

Para los fondos de mercado monetario o de renta fija inferior a 18 meses, se reducen los porcentajes al 1% sobre patrimonio y el 10% sobre resultados. Si se usan ambas variables se reduce al 0,67% sobre patrimonio y el 3,3% de los resultados obtenidos por éste.

Las comisiones de suscripción y reembolso no podrán ser superiores al 5% del valor liquidativo de las participaciones en fondos ordinarios, bajando al 1% para monetarios. La comisión del depositario no podrá exceder del 2 por mil anual, y baja al 1,5 por mil en el caso de los monetarios.

Compatimentos

La Ley de fondos ya permitía la división de los fondos en varios compartimentos, cada uno con su política de inversión y patrimonios separados. En el reglamento, se establece que la estructura de comisiones puede variar de un compartimento a otro.

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