Condena a UGT por impedir conciliar trabajo y familia
El juzgado de lo Social número 18 de Madrid ha fallado que una abogada de UGT tiene derecho a la reducción de jornada en un tercio y a la realización de la misma en turno de mañana, después de que el sindicato se la negase para la atención de una hija que tiene problemas para el aprendizaje.
Según el fallo, al que ha tenido acceso EFE, la letrada presta sus servicios en UGT desde octubre de 1990 en jornada de mañana y tres tardes a la semana durante todo el año, mientras que el resto del personal tiene jornada continuada en verano. Debido a una reestructuración del servicio de abogados en enero pasado, el sindicato pidió a la letrada prestara sus servicios por las tardes en los municipios de Aranjuez, Valdemoro y una tercera localidad.
La abogada rechazó el cambió y pidió seguir trabajando por las tardes en la sede que UGT tiene en la calle Avenida América de Madrid. Pero al tener que atender a su hija -que padece 'hiperactividad, combinada con déficit de atención, y dislexia y que requiere una atención personal diaria'- solicitó al sindicato jornada de manera continuada en horario de mañana, algo que UGT le denegó.