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Siderurgia

El Tribunal de la UE exige a España que suprima las ayudas fiscales a los siderúrgicos

El Tribunal de Justicia de la UE ha exigido en una sentencia que España suprima las ayudas fiscales a la exportación de productos siderúrgicos porque vulneran el Tratado CECA.

El Tribunal de las Comunidades Europeas, con sede en Luxemburgo, ha condenado al Gobierno de España y le ha exigido que suprima el articulo 34 del Impuesto de Sociedades que bonificaba con un 25% de deducción en la cuota íntegra a las exportaciones siderúrgicas. El Alto Tribunal entiende que este tipo de ayudas fiscales vulnera el Tratado CECA (Comunidad Europea del Carbón y el Acero) que dio origen a la actual Unión Europea pero que caducó hace dos años.

En una sentencia hecha pública hace dos días, el Tribunal de Luxemburgo desestima las alegaciones del Gobierno de España, las tres diputaciones forales vascas, el Gobierno vasco y la patronal siderúrgica española Unesid. El Alto Tribunal tenía que resolver sobre este recurso presentado ante una decisión adoptada por la Comisión Europea en octubre de 2000 en la que solicitaba a España que adoptara 'sin dilación las medidas apropiadas para que las empresas siderúrgicas CECA establecidas en España' no se beneficien una deducción del 25% en la cuota íntegra del impuesto de sociedades 'por actividades de exportación'.

La legislación española establece en su artículo 34 de la Ley 43/1995, titulado 'Deducción por actividades de Exportación', que podrán acogerse a una deducción del 25% en el impuesto de sociedades sobre el importe de las inversiones que sirvan para la creación 'de sucursales o establecimientos permanentes en el extranjero, así como en la adquisición de participaciones en sociedades extranjeras o constitución de filiales directamente relacionadas con la actividad exportada de bienes o servicios'. La citada ley extiende esta bonificación fiscal a los gastos que se pudieran derivar por el lanzamiento de productos, gastos en el extranjero y prospección de mercados y también los gastos por participaciones en 'ferias, exposiciones y otras manifestaciones análogas'.

Primero la Comisión Europea, con el equipo de Mario Monti a la cabeza y apoyados en los argumentos de la siderúrgica Wirtschaftsvereinigung Stahl, y ahora el Tribunal de Luxemburgo, consideran que la promoción deliberada de exportaciones en beneficio de empresas españolas 'falsea la competencia para las empresas de otros estados miembros'. Entienden, también, que el Tratado CECA asume 'que toda ayuda nacional falsea la competencia'. España, por su parte, alegaba que este capítulo de bonificación fiscal era anterior a su entrada en la Comunidad Europea en 1986.

Desacuerdo de Unesid

Fuentes de Unesid, que está estudiando con su equipo de abogados las repercusiones de la sentencia para sus asociados, aseguraron ayer que, en principio, están en desacuerdo con esta resolución. Argumentan que el Tratado CECA ya no está vigente y que 'quizás no tenga efectos prácticos'. En cualquier caso, la sentencia del Tribunal de Luxemburgo no obliga a la devolución de las ayudas fiscales de las que se hayan podido beneficiar las empresas siderúrgicas españolas.

En su sentencia, el Tribunal de Luxemburgo condena al Gobierno de España al pago de las costas y a las Diputaciones de Álava, Guipúzcoa, Vizcaya, al Gobierno vasco y a Unesid a abonar sus propias costas.

Procedimiento contra el resto de industrias

Primero la siderurgia y después el resto. La decisión del Tribunal de Luxemburgo sobre las ayudas a la exportación de las empresas siderúrgicas españolas tiene calado. El Alto Tribunal tiene abierto un procedimiento general para el resto de las industrias de España. Una decisión similar provocaría un convulsión en la empresa española si perdiera la bonificación del 25% en el impuesto de sociedades por crear empresas en el exterior o, simplemente para intentar abrir nuevos mercados. España se mantiene en sus tesis de que no hay ayudas de Estado y que la deducción es anterior a su entrada en la UE.

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