El TC falla en contra de las cajas en el conflicto por las pensiones
El Tribunal Constitucional (TC) ha resuelto un largo conflicto sobre el sistema de pensiones complementarias para los trabajadores de las cajas. Ha dictaminado que tiene que haber igualdad entre los derechos de pensiones acordados para los trabajadores fijos y con contrato temporal que ya estaban en plantilla el 29 de mayo de 1986, fecha en que el convenio del sector cambió las condiciones del sistema de previsión social complementaria.
Da así la razón a la federación de servicios financieros de CC OO, Comfia, en una demanda que había planteado contra Caja Insular de Canarias. El sindicato pedía que los derechos no fuesen diferentes según el tipo de contrato.
Con esta sentencia, el TC sienta doctrina para posteriores casos. De hecho, CC OO empezará a estudiar los posibles casos de desigualdad que hayan podido surgir en otras cajas de ahorros, explicó Carlos Bravo, responsable de previsión social complementaria en el sindicato.
El convenio de cajas antes de 1986 contemplaba un plan de pensiones de prestación definida para los empleados de este sector (esto significa que cada caja debía asegurar una cantidad determinada en el momento de la jubilación del trabajador). Pero en el convenio que entró en vigor el 29 de mayo de 1986 se acordó cambiar el sistema a un plan de aportación definida, que se basa en cantidades anuales y no garantiza una concreta en el momento de jubilarse, algo que le resulta menos costoso a las entidades.
Bajo esa premisa a los trabajadores temporales que luego fueron fijos se les asignó un plan de aportación definida. Ahora el TC dispone que deben tener el mismo que otros empleados fijos.
La demanda de CC OO
El conflicto se remonta a 1997. La Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo consideraron que a los trabajadores temporales de las cajas en plantilla en 1986 les correspondía un plan de pensiones distinto que a los fijos. Ahora el TC ha dado la razón a CC OO.