Los españoles no podrán percibir prestaciones no contributivas en otros países de la UE
Los ministros de Asuntos Sociales de los 25 han alcanzado hoy un acuerdo político para limitar la movilidad de todo tipo de prestaciones sociales no contributivas entre los Estados miembros. En el caso de España, este acuerdo impedirá que los beneficiarios de pensiones de invalidez y jubilación no contributivas puedan seguir percibiéndolas si se trasladan a otro país de la Unión Europea.
Los 25 han pactado una "lista corta" de prestaciones no contributivas en cada Estado miembro que no podrán trasladarse a otro país de la UE, por estar financiados a través de los presupuestos estatales y no con contribuciones de los trabajadores. Esta lista se introducirá en el Reglamento comunitario que regula la coordinación de los sistemas de seguridad social comunitarios.
Lista cerrada
Las prestaciones sociales no exportables de España a otros Estados miembros son: la garantía de ingresos mínimos, las prestaciones en metálico de asistencia a personas de edad avanzada e inválidos incapacitados para el trabajo, las pensiones de invalidez y de jubilación no contributivas, y el subsidio de movilidad y compensación por gastos de transporte.
Las personas que reciben estos pagos "se beneficiarán de dichas prestaciones exclusivamente en el territorio del Estado miembro en el que residan y con arreglo a la legislación de dicho Estado. Las prestaciones serán satisfechas por la institución del lugar de residencia y a su cargo", según establece el Reglamento modificado.
La reforma de este texto se ha emprendido para tener en cuenta cambios recientes en la legislación de algunos Estados miembros y la jurisprudencia del Tribunal de Luxemburgo. La presidenta de turno del Consejo de Asuntos Sociales, la irlandesa Mary Coughlan, ha subrayado que, gracias a estas modificaciones, "las reglas de coordinación están mejor adaptadas a la realidad de los ciudadanos que se mueven en la UE y les ayudarán en su vida diaria".