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Los consejos de administración

La elección de independientes ensombrece su condición

Los consejeros independientes deben ser como la mujer del César. No sólo deben ser de verdad independientes. También deben parecerlo. Sin embargo, hay una cierta unanimidad a la hora de pensar que aún queda mucho camino por andar para que los consejeros independientes lo sean realmente. Entre otras cosas, porque hasta ahora, al menos, no ha existido una denominación comúnmente aceptada sobre lo que se entiende por consejero independiente.

Con todo, las principales dudas que suscita la figura de los independientes tienen que ver con la manera en la que suele producirse su elección. De acuerdo con los datos del último informe de la consultora especializada, Spencer Stuart, el 38% de los administradores de las empresas españolas han sido propuestos por el presidente de la sociedad. Y el 43%, por los accionistas dominicales.

En la práctica eso significa que más del 80% de los consejeros independientes han sido elegidos de una forma que, en opinión del Instituto de Consejeros-Administradores 'afecta claramente a su independencia'.

El Instituto de Consejeros-Administradores cree que es necesario contar con un patrón de referencia inequívoco que defina lo que es un consejero independiente

La Ley de Transparencia no recogió la recomendación de crear comisiones de nombramientos

El instituto, entidad que representa a todo tipo de consejeros, ejecutivos, no ejecutivos o externos, dominicales, independientes y otros, agrupa a consejeros como Antonio Abril (Inditex), Roberto Chollet (Grupo NH Hoteles), Jaime Carvajal Urquijo (Advent), Elena Salgado (Telegate), Richard Alden (Ono), Jesús Banegas (IPSistemas), Víctor Goyenechea (Grupo Telefónica Móviles), Juan I. Landecho (Elecnor), José María Caínzos (BBVA), Félix González (Nokia) o Adrián Celaya (MCC).

Las dudas que suscitan las elecciones directas sobre la posible falta de independencia de los consejeros llevan a la mayor parte de expertos que analizan las cuestiones del buen gobierno a recomendar que las empresas acudan a la procedimientos objetivos para elegir a sus consejeros. Pero en especial cuando se trata de seleccionar a los que van a llevar el apellido de independientes.

También el Instituto de Consejeros lo cree así. 'Debe ponerse énfasis en la existencia y funcionamiento de las comisiones, en particular las de nombramientos y retribuciones, y en la existencia e implantación de un procedimiento formal y transparente tanto para el nombramiento de consejeros, como en la fijación de retribuciones', recomiendan.

Precisamente la existencia de comisiones de nombramiento y retribuciones fue una de la recomendaciones recogidas en el Informe Aldama. 'Todas las sociedades deberían dotarse de una comisión de nombramientos y retribuciones que tendría la función de informar al consejo de administración sobre nombramientos, reelecciones, cese y retribuciones del consejo y de sus cargos, así como sobre la política general de retribuciones e incentivos para los mismos y para la alta dirección', aseguraban los expertos que integraron la Comisión Aldama.

La recomendación del grupo de expertos no se vio luego reflejada en una norma de rango legal, a diferencia de lo que ocurrió con la exigencia de crear una comisión de auditoría, que es una exigencia para las cotizadas que se recogió en la Ley Financiera.

Sin embargo, las corrientes de buen gobierno han llevado a un buen número de sociedades a asumir su creación de manera voluntaria. De hecho, en la actualidad, todas las empresas del Ibex 35 disponen de una comisión de nombramientos y retribuciones. Pero, según el informe de Spencer Stuart, todavía un 24% de las empresas entrevistadas aseguran que las comisiones de nombramientos no son de especial utilidad para la sociedad.

Ignacio Gil Casares, socio director de esta consultora especializada en la selección de equipos de alta dirección y consejos de administración, explica que cada vez con más frecuencia, las empresas tratan de ir ajustándose a las tendencias del buen gobierno.

Sistemas de elección

Gil Casares recuerda que la forma de elegir a los externos es fundamental para garantizar su independencia. 'Si tenemos en consideración que la base de un buen gobierno corporativo se basa en el deseo del presidente en ceder parte de su poder, está claro que mientras éste participe decisivamente en el nombramiento de los consejeros independientes éstos tendrán algún tipo de respeto para expresar sus ideas en el consejo'. Algo que según Casares es perjudicial, ya que 'una de las tareas fundamentales de los independientes es crear corrientes de opinión en el seno de los consejos'.

Y si la fórmula de elección de consejeros independientes suscita importantes debates entre expertos y empresas, aún los genera con más frecuencia la propia definición de consejero independiente.

El Informe Aldama basaba su definición de independiente en el 'reconocido prestigio' que pueden aportar su experiencia y conocimientos al gobierno corporativo.

Para el Instituto de Consejeros-Administradores se trata de un profesional que haya demostrado a lo largo de su carrera profesional 'independencia de criterio probada'. Pero para la consultora Spencer Stuart lo fundamental es que sea una persona de reconocido prestigio profesional y 'que esté dispuesto a ponerlo en juego'.

Algunos consejeros independientes, como José Pedro Pérez-Llorca, que se sienta en el consejo de Iberia, también han definido en alguna ocasión al independiente. Este administrador oponía que el independiente tiene la función de garantizar la transparencia 'y ponerla al servicio de la sociedad en beneficio de los accionistas'.

Sin embargo, Manuel Soto, independiente en cinco consejos diferentes, ha defendido que la profesionalidad debe primar sobre la independencia. En su opinión, 'los independientes son dependientes del bien de la empresa'.

Según Ignacio Gil Casares, lo que define a un independiente es su capacidad para decir no al presidente.

En todo caso, en opinión de este profesional, lo que falla en estos momentos en muchos consejos de administración españoles es el exceso de permanencia de los independientes en los consejos. 'Cuando un administrador está años y años en un consejo puede llegar a sentir demasiado la camiseta de la empresa. Por el contrario, si tiene un plazo de permanencia puede ser más exigente para dejar su impronta'.

Sin embargo, muchas empresas valoran tanto las aportaciones de sus independientes que, pasados los años, prefieren mantenerle en el consejo. 'En ese caso, que me parece muy positivo, yo recomiendo que se mantenga al profesional pero se le elimine el apellido de independiente', explica Gil Casares.

En vista de la polémica generada por la figura del independiente el Instituto de Consejeros-Administradores opina que 'es necesario contar con un patrón de referencia inequívoco sobre la definición de independiente o externo y, además de requerirse un procedimiento objetivo para la elección de consejeros y en particular de los independientes.

El instituto ha hecho llegar a la CNMV una propuesta de definición, basada en las mejores prácticas internacionales como las que se recogen en el Combined Code del Reino Unido o por Calpers en Estados Unidos. 'Las propuestas que hacemos no van más allá de lo que ya es estándar en otros países de nuestro entorno, aunque, dada la situación de partida en España , éstas pueden parecer novedosas', reconocen en el instituto.

También consideran que las empresas deben establecer procedimientos claros y precisos para dilucidar los conflictos de intereses con sus administradores, directivos y accionistas y establecerse las pautas para proceder a evaluaciones periódicas de la actuación de los consejos de administración, 'más allá del mero control por la junta general de accionistas'.

Propuestaa La definición de los consejeros

El Instituto de Consejeros-Administradores ha elaborado una propuesta de definición de independiente que, en primer lugar, debe haber demostrado independencia de criterio a lo largo de su carrera:No debe representar a accionistas con una participación significativa.No debe ser o haber sido empleado de la sociedad o de su grupo en los últimos cinco años.No debe tener o haber tenido en los tres últimos años relación de negocios y/o subvenciones relevantes con la sociedad de forma directa o indirecta.No recibir o haber recibido de la sociedad remuneración adicional a la de consejero, no participar en un programa de opciones o en un sistema de remuneración por objetivos, ni tener un plan de pensiones de la sociedad.No tener vínculos familiares cercanos con los asesores externos, consejeros o miembros de la alta dirección de la sociedad.No ser consejero de otras sociedades en las que lo sean otros administradores de la sociedad o no tener vínculos significativos con otros consejeros de la sociedad como consecuencia de su implicación en otras sociedades.No haber prestado sus servicios al consejo durante más de nueve años.

'Lo importante es poder decir que no'

La retribución de los consejeros es uno de los aspectos más debatidos a la hora de hablar de independientes. Los expertos recomiendan que la compensación que perciben sea suficiente como para motivarles en la marcha de la empresa, pero que no sea tan elevada como para hacerles temer que un enfrentamiento por diferencias de opinión pueda hacerles perder unos ingresos fundamentales.'Suficiente, pero no vinculante'. Esta es también la receta del socio director de Spencer Stuart, que llega a establecer un límite a lo que deben ganar estos profesionales. 'No debería ser más del 15% de lo que una persona ingresa anualmente por diferentes conceptos. No es mucho. Lo malo es cuando lo que cobra como independiente está por encima del 30%. Entonces empieza a preocuparse por expresar opiniones que contradigan las de quienes le han nombrado. Y lo importante en un consejero independiente es que no tenga miedo a decir que no'.Para el socio director de Spencer Stuart lo importante en un consejo de administración es que haya debate.De todos modos, para Gil Casares, el funcionamiento adecuado a las reglas del buen gobierno de un consejo de administración tiene mucho que ver con el talante del presidente y su capacidad para ceder parte de su liderazgo. 'Cuando en un consejo de administración se sientan los independientes adecuados, el presidente pierde parte de su poder como tal. Es el precio a pagar', asegura este profesional, quien opina, además, que en España queda aún mucho camino por andar para que los presidentes pierdan esa cuota de poder.Lo cierto es que, según el índice Spencer Stuart de los consejos de administración 2003, el 73% de las empresas ya aseguran que sus consejeros independientes tienen una participación muy activa (38%) o activa (35%). Sin embargo, todavía hay un 27% que informan de la pasividad de sus independientes.

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